Guía completa de obligaciones laborales y fiscales para PYMES en 2025

PYMES

Cumplir con las obligaciones fiscales y laborales no solo es clave para evitar sanciones, sino también para asegurar la continuidad de una PYME

Factoring

Las empresas deben presentar autoliquidaciones y cierta documentación a lo largo del año

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Cumplir con las obligaciones fiscales y laborales en una pyme no solo es una exigencia legal, sino la base para evitar sanciones y garantizar la continuidad del negocio. Si quieres saber cómo abordar las obligaciones trimestrales de tu empresa, aquí te explicamos los trámites más importantes para cada período y los modelos que debes presentar ante la Agencia Tributaria.

Ante cualquier duda, lo más aconsejable es contar con el respaldo de una asesoría legal o fiscal que ayude a minimizar riesgos. Uno de los errores más comunes es presentar tarde la documentación requerida por la Agencia Tributaria, lo que puede dar lugar a sanciones.

Una declaración se considera fuera de plazo cuando se presenta después del periodo oficial establecido por Hacienda para el modelo correspondiente (por ejemplo, el modelo 303 de IVA o el 130 de IRPF). Las causas pueden variar: desde un descuido, una confusión con las fechas hasta problemas técnicos o administrativos. Sea cual sea el motivo, Hacienda lo detectará y tomará medidas.

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Obligaciones fiscales de las PYMES

Declaraciones trimestrales

En España, las PYMES deben presentar varias autoliquidaciones y declaraciones informativas sobre su actividad a lo largo del año ante la Agencia Tributaria.

El impacto de la morosidad en las pymes

Cumplir con los plazos de entrega, crucial 

Milos Zivojinovic

Algunas son mensuales, otros trimestrales (habitualmente en enero, abril, julio y octubre) y también existen declaraciones anuales, generalmente en enero. Cumplir con estos plazos es crucial para evitar cualquier tipo de penalización.

Fechas clave de presentación trimestral

  1. Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
  2. Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
  3. Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
  4. Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero (o hasta el 20 de enero, dependiendo del modelo)

Si el día 20 cae en festivo o fin de semana, el plazo de presentación se extiende al siguiente día hábil del calendario.

Autoliquidaciones más habituales

  • Modelo 303 (IVA): Declara la diferencia entre el IVA de las facturas emitidas (IVA repercutido) y el IVA de las facturas recibidas (IVA soportado). Obligatorio siempre que se desarrolle una actividad sujeta a IVA.
  • Modelo 111: Recoge las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores y profesionales. 
  • Modelo 115: Declara las retenciones por arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Lo deben presentar quienes alquilan locales para su actividad empresarial. Hay algunas excepciones.
  • Modelo 123: Informa de las retenciones del IRPF, IS o IRNR por rendimientos del capital mobiliario, como intereses, dividendos, etc.
  • Modelo 216: Sirve para ingresar las retenciones del IRNR por rentas obtenidas en España por no residentes, como pagos a proveedores extranjeros que no tienen establecimiento permanente en España.
  • Modelo 349: Es una declaración informativa de operaciones intracomunitarias de bienes y servicios. Es decir, cuando una empresa compra o vende a otra empresa en otros países de la Unión Europea (UE).
  • Modelo 369: Destinada a las ventas de bienes o prestación de servicios digitales a consumidores finales (personas físicas) en otros países de la UE a través de plataformas online (comercio online). Es obligatorio cuando el volumen anual de ventas supere los 10.000 euros.

¿Qué ocurre si no presento una declaración trimestral?

No presentar a tiempo una declaración puede comportar consecuencias como un recargo por extemporaneidad que variará en función del tiempo transcurrido o sanciones económicas.

El IRPF, en la declaración de la renta siguiente

El IRPF, en la declaración de la renta siguiente

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Las sanciones dependerán del tipo de declaración afectada, del tiempo transcurrido y del perjuicio económico causado a Hacienda. Puede oscilar entre el 50 % y el 150 % de la cantidad no ingresada, más los intereses de demora.

Desde Legálitas aconsejan presentar las declaraciones, incluso fuera de plazo, para evitar sanciones mayores. Es decir, es mejor presentar una declaración fuera de plazo de forma voluntaria, que esperar a que su presentación sea requerida por la AEAT.

Impuesto sobre Sociedades

  • Modelo 200: todas las sociedades mercantiles deben presentarlo una vez al año, independientemente de si han tenido beneficios

Resúmenes anuales

IVA (Modelo 390) y retenciones (Modelo 190)

El Modelo 390 es una declaración informativa que resume toda la información sobre las operaciones con el IVA que una PYME ha tenido durante un año.

Están obligados a presentarlos quienes hayan declarado el modelo 303 trimestralmente. Debe presentarse, de forma telemática, entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente al ejercicio fiscal.

Sanciones por no presentar el modelo 390

Aunque es una declaración informativa y no implica un pago, su incumplimiento puede derivar en sanciones. Las sanciones económicas por la presentación fuera de plazo oscilan entre los 150 y 200 euros. Además, puede bloquear devoluciones de IVA hasta su regularización.

he sido sancionado ¿qué puedo hacer?

Obligaciones laborales

El protocolo contra el acoso

En España, en el ámbito laboral, toda empresa -independientemente de su tamaño. Está obligada a contar con un protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo.

Tres mujeres saliendo de la oficina.

Tres mujeres saliendo de la oficina.

KATLEHO SEISA

Su diseño debe adaptarse a la realidad de cada organización y es fundamental que cuente con la participación de sus empleados.

Generalmente, esta tarea recae en el departamento de Recursos Humanos, pero muchas PYMES externalizan el servicio con asesorías jurídicas o empresas especializadas.

La ausencia de un protocolo de acoso laboral puede implicar sanciones administrativas en caso de inspección.

  • Infracción leve: Multas de entre 7.501 euros hasta 30.000 euros.
  • Infracción grave: Multas de entre 30.001 euros hasta 120.005 euros.
  • Infracción muy grave: Multas de entre 120.006 euros hasta 225.018 euros.

Otras obligaciones

Existen muchas más obligaciones laborales que deben cumplir todas las PYMES:

  1. Registro salarial. Desde abril de 2021, todas las empresas están obligadas a llevar un registro retributivo de toda su plantilla, incluidos directivos y altos cargos, desglosado por sexo y categorías profesionales. Incumplirlo puede suponer multas de hasta 187.515 euros en casos graves de discriminación salarial.
  2. Plan de igualdad. Es obligatorio en empresas con 50 o más empleados. Debe incluir medidas para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
  3. Registro horario. Desde 2019, es obligatorio llevar un registro diario de la jornada laboral de cada empleado, incluyendo la hora de entrada y salida. Afecta tanto a contratos a tiempo completo como parcial. Las multas por incumplimiento oscilan entre los 751 y los 7.500 euros.
  4. Prevención de riesgos laborales. Es obligatorio disponer de un plan de prevención, hacer reconocimientos médicos periódicos, formar e informar a los empleados sobre riesgos y medidas preventivas y designar a personal responsable de esta área.
  5. Calendario laboral anual. Debe estar visible para todos los trabajadores, con la distribución de la jornada, festivos y horarios.

En definitiva, si una PYME desea evitar sanciones y operar con tranquilidad es importante que cumpla rigurosamente con sus obligaciones tanto laborales como fiscales. 

contactar con legálitas

Contar con el asesoramiento profesional, como el que ofrece Legálitas, es clave para garantizar el cumplimiento normativo y la estabilidad empresarial.

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