Sijena: una decisión jurídica, no museológica

En 2014 el Gobierno de Aragón presentó una demanda contra el MNAC para exigir la restitución a Sijena de los restos de las pinturas murales de dicho monasterio salvados del incendio de 1936. Un juzgado de primera instancia en 2016, la Audiencia Provincial de Huesca en 2020 y el Tribunal Supremo, ahora, se han pronunciado. Once años después (!!!), los magistrados sentencian, en síntesis, que la acción reivindicativa del Gobierno de Aragón no ha prescrito; que el MNAC no es titular de dichos murales sino que los tenía en calidad de “depósito” y que el acuerdo de 1992, entre la priora del monasterio de Valldoreix, en nombre de la extinta comunidad de monjas sanjuanistas de Sijena, y la Generalitat, no tenía validez. Por el contrario, considera que pese a que la comunidad religiosa de San Juan de Jerusalén establecida en Sijena no estaba inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, fue la propia Nunciatura Apostólica del Vaticano la que le dió personalidad jurídica y en consecuencia podia ceder al Gobierno de Aragón su representación.

El Supremo nada dice sobre el extrremado riesgo que supondría el traslado de estos murales, tal como han acreditado expertos internacionales”

Las pinturas de Sijena expuestas en el MNAC, esta tarde

Las pinturas de Sijena expuestas en el MNAC, esta tarde

Xavi Jurio

Hasta aquí, los argumentos legales, más o menos discutibles. Pero el Supremo nada ha dicho sobre el extrremado riesgo que supondría el traslado de estos murales, tal como han acreditado expertos internacionales. Unas pinturas, hay que recordarlo, dañadas por el fuego provocado por unos milicianos (y da igual si eran de Villanueva de Sijena o voluntarios procedentes de Barcelona) en el momento del estallido revolucionario. Unas pinturas salvadas por el equipo de Josep Gudiol de su destrucción definitiva, trasladadas a Catalunya y restauradas. Unas pinturas arrancadas con la técnica de strappo, trasladadas a tela y más tarde adaptadas a la estructura del edificio del MNAC. Que la propiedad sea del monasterio de Sijena no significa que el mejor lugar para ser expuestas, estudiadas y contextualizadas no siga siendo el MNAC. Culminado el proceso judicial, ahora debería primar el sentido común, que no excluye la colaboración entre el MNAC, un museo de referencia mundial sobre el románico, y un monasterio de Sijena en vías de museización.

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