La magistrada del juzgado de instrucción número 13 de Barcelona ha decidido procesar a Álvaro Aguado, exjugador del RCD Espanyol, tras apreciar indicios de un delito de agresión sexual contra una trabajadora del propio club.
Tal y como relata el auto remitido a los medios de comunicación, la jueza aprecia pruebas de la presunta agresión del centrocampista, que llegó en verano del 2023 a la entidad blanquiazul procedente del Valladolid. Esta se habría perpetrado en un baño de la discoteca Ópium del distrito de Ciutat Vella, horas después del partido entre el Espanyol y el Oviedo en el RCDE Stadium que acabó con victoria local y el consecuente ascenso a Primera. La sala había habilitado un recinto privado, una especie de reservado, para los jugadores y otros empleados de la entidad futbolística para celebrar el ascenso.
En el escrito, la magistrada afirma que de las actuaciones judiciales se desprende que el jugador, que “había ingerido alcohol”, sobre las 5.00 horas manoseó los pechos y la entrepierna de la víctima sin consentimiento mientras bailaban. Posteriormente, en los lavabos, se encerraron en el baño y la agredió a la fuerza y pidiendo ella que parara, explicitando el auto los detalles de la agresión.
Tras esta, Aguado habría apremiado a la víctima a decidir cuál de los dos salía antes y le habría dicho que debían actuar como si no se conocieran de nada.
La jueza, además, destaca que la víctima, como consecuencia de estos hechos, ha presentado sintomatología compatible con un trastorno por estrés postraumático compatible con los hechos denunciados.
Por su parte, Aguado, que en un primer momento había negado conocer los hechos, reconoce, según el auto, haber mantenido relaciones sexuales consentidas con la víctima. Afirma que durante el baile fue la víctima quien se le abalanzó y que fue la víctima quien le practicó sexo oral y le incitó a la relación en el baño.
Pese a ello, la magistrada afirma que la declaración de la víctima, corroborada parcialmente por testigos, y el contenido del informe forense constituyen indicios suficientes para el dictado de la resolución.

