Son tres modificaciones de las fórmulas para compatibilizar trabajo y pensión que se pactaron entre Gobierno, patronal y sindicatos, que el Gobierno aprobó en diciembre y que proporcionan un mayor grado de flexibilidad para el paso al retiro. Son cambios en la jubilación activa, la demorada y la parcial que van destinados a hacer más fácil seguir trabajando y cobrar parte de la pensión y que hoy entran en vigor.
Jubilación activa, la demorada y la parcial
La jubilación activa es la que permite, una vez llegado a la situación de jubilación, seguir trabajando mientras se cobra también una parte de la pensión. Después de un año de demora, el porcentaje que se recibe de la pensión es del 45%; si es de dos años, un 55%; con demora de tres años, se cobra un 65%; con cuatro, un 80%, y si son cinco o más, el cien por cien de la prestación. Además, el porcentaje de la pensión se irá aumentando cinco puntos porcentuales por año de actividad profesional, sin superar en ningún caso el 100% de la pensión, y es compatible para los incentivos de demora. Para facilitar el acceso, se ha eliminado el requisito de tener una carrera de cotización completa.
Por otro lado, se mejoran también los incentivos de la jubilación demorada. En este caso, en el que el trabajador retrasa su pase al retiro más allá de la edad legal, por cada año de demora se puede elegir entre un aumento del 4%, un cheque en función de la base reguladora o una combinación de los dos.
El tercer cambio afecta a la jubilación parcial, la que supone que antes de la edad del retiro un trabajador reduce su jornada y, con ello, también su sueldo, aunque es compensado por un porcentaje del pago de la pensión. Aquí, el cambio es que se anticipa a tres años su acceso respecto a la edad legal de jubilación. Hasta el momento, eran dos años.
