Trabajo plantea impedir que los pluses se puedan absorber en la subida del SMI

Laboral

También establecerá como norma que el salario mínimo se sitúe en el 60% del salario medio, de acuerdo con la Carta Social Europea 

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz durante el acto ‘Alianzas y acciones ante el genocidio en Palestina’, en la Casa Árabe de Madrid, a 23 de julio de 2025, en Madrid (España).

La vicepresidenta y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz 

A. Pérez Meca - Europa Press / Europa Press

Era una petición básica de los sindicatos y el Ministerio de Trabajo les va a dar satisfacción. Tanto CC.OO. como UGT habían reclamado medidas para evitar que los pluses quedaran absorbidos en las subidas del salario mínimo interprofesional (SMI) como está ocurriendo actualmente en algunas empresas. Y el ministerio ha movido pieza en esta dirección. En el borrador del real decreto que Trabajo ha enviado a los agentes sociales se especifica que la subida del SMI no podrá absorber  pluses como los de nocturnidad, turnicidad y penosidad, e incentivos como los de resultados y rendimiento.

En concreto, el borrador , al que ha tenido acceso “La Vanguardia”, establece que para calcular si el salario que percibe un trabajador es igual o superior al SMI, se tomará como referencia la totalidad de percepciones económicas que se reciben, una vez excluidos algunos complementos. Complementos como “los que se devenguen por las condiciones en que se preste la actividad, tales como los que tengan la naturaleza de pluses de nocturnidad, toxicidad, penosidad, peligrosidad, tunicidad o disponibilidad”, También se añaden los relativos a la antigüedad y la formación, así como “los que se devenguen en función de resultados o rendimiento”, como serían los incentivos, las primas de productividad o las comisiones.

Además, también se añade la posibilidad de que, a través de la negociación colectiva, se añadan otros pluses que tampoco se puedan absorber para aumentar el SMI. Esto ya dependerá de cada convenio.

Otra novedad del real decreto es que establece que la cuantía del SMI se fijará de manera que se garantice lo dispuesto en la Carta Social Europea, en especial en lo referente a “una remuneración equitativa y suficiente”. De esta manera se establece como objetivo en cada aumento que el salario mínimo se sitúe en el 60% del salario medio, que es lo que marca la carta social.

Además, se indican los criterios que se tendrán en cuenta para fijar el salario mínimo, que son tanto el IPC, la productividad media nacional, como el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional, teniendo en cuenta tanto la cuantía general de los salarios como su distribución y la coyuntura económica general.

Otro elemento es la creación de una comisión asesora para el análisis del SMI. En este caso, se trata de institucionalizar lo que ya se ha hecho en los últimos años, como es que un comité de expertos que propone la cuantía a aumentar cada año. Es por ejemplo, el comité que se puso en marcha la semana pasada y que, como novedad, en esta ocasión, tiene que proponer dos cuantías, una si el SMI tributa al IRPF y la segunda, sin tributación. Una fórmula para evitar la polémica entre Trabajo y Hacienda que se produjo a inicios de este año en relación con el incremento del SMI para el 2025.

Este real decreto es el que servirá de base para la negociación de Trabajo con los agentes sociales. Unas conversaciones en las que, a falta de concretar la cuantía del aumento, parece factible un acercamiento con los sindicatos, pero mucho más difícil con la patronal. En las últimas subidas del SMI, la CEOE siempre se ha desmarcado. 

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