Los acreedores de las renovables piden a España señalar bienes embargables

Impagos renovables 

Piden al Tribunal Federal de Washington que obligue al Gobierno español en un plazo de 30 días a revelar cuentas, activos, contratos y bienes de empresas públicas españolas en territorio estadounidense

La nueva planta fotovoltaica Castaño Solar en España.

Planta fotovoltaica .

APPLE / Europa Press

Las empresas afectadas por los recortes retroactivos a las renovables han dado el paso formal para rastrear y embargar bienes de España en EE.UU., tras los repetidos impagos del Estado.

El requerimiento se produce dentro del procedimiento destinado a ejecutar laudos arbitrales internacionales firmes que condenan al país ibérico a pagar las debidas compensaciones a las compañías que sufrieron la retirada retroactiva de las primas ofrecidas a la inversión en energías limpias. En total España acumula un total de siete fallos judiciales en su contra dentro de territorio estadounidense por valor por 688 millones, en el marco de una deuda total pendiente de pago de más de 2.180 millones. Una deuda ligada a las inversiones de fondos en plantas renovables españolas bajo la legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero, cuyas remuneraciones financieras fueron modificadas por decreto con la llegado de Mariano Rajoy a la presidencia del país.

Las afectadas tienen sentencias firmes en EE. UUU por valor de 688 millones de deuda

Ahora, las afectadas que han conseguido una sentencia en firme a su favor han presentado las primeras solicitudes formales de información ante el Tribunal Federal del Distrito de Columbia para que el Gobierno de España presente información sobre cuentas, activos y contratos en territorio estadounidense, así como información de entidades públicas (como SEPI, Renfe y otros), para determinar si sus bienes pueden ser embargados al ser tales corporaciones un “alter ego” del Estado.

El escrito, registrado por el despacho King & Spalding LLP, requiere que España proporcione, en un plazo máximo de 30 días, para identificar activos susceptibles de ejecución para satisfacer las obligaciones derivadas de los laudos arbitrales.

Esta es una tarea que las propias empresas han desarrollado en paralelo, a través de servicios de consultoría especializados en el rastreo de activos soberanos; no obstante, el derecho de EE.UU. permite realizar asimismo este tipo de requisitos obligatorios de información cuando se detecten situaciones de impago e incumplimiento de sentencias.

Este paso constituye una etapa ordinaria en los procesos de ejecución internacional de laudos en que, tras una sentencia favorable, se constata un escenario de incumplimiento por parte del deudor. Por tanto, se desarrolla conforme a las reglas federales de procedimiento civil aplicables en EE.UU.

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