Recomendaciones sobre las coberturas de seguros ante los efectos del corte eléctrico

En Clave Pyme

Las empresas afectadas por el apagón del 28 de abril deben revisar sus pólizas, recopilar pruebas del daño sufrido y actuar dentro de los plazos establecidos para poder activar posibles coberturas relacionadas con bienes refrigerados o daños eléctricos

Recomendaciones sobre las coberturas de seguros ante los efectos del corte eléctrico

Recomendaciones sobre las coberturas de seguros ante los efectos del corte eléctrico

Ante el corte eléctrico del pasado 28 de abril y las consecuencias derivadas del mismo, desde PIMEC recomendamos a las empresas que cuenten con un seguro que cubra este tipo de supuestos que contacten con su mediador de seguros (agente, corredor o correduría de seguros) para comprobar si este contempla las garantías específicas que podrían activarse a raíz de las circunstancias vividas. A continuación, detallamos los aspectos clave a tener en cuenta en este ámbito.

Recopilación y organización de documentación

Es imprescindible reunir toda la documentación que respalde la declaración del siniestro, como por ejemplo fotografías, facturas, detalle de los bienes afectados (tipos de productos, cantidades y valoración económica), así como aquella documentación que acredite su existencia. Esta documentación servirá como prueba ante la aseguradora y, si fuera necesario, también ante organismos externos o tribunales.

Comunicación del siniestro a través del mediador de seguros o directamente a la compañía

Debe enviarse un escrito detallando las circunstancias de la incidencia (siniestro) y adjuntando la documentación mencionada en el apartado anterior. La declaración puede notificarse inicialmente por teléfono, y posteriormente enviar la documentación acreditativa por correo electrónico o postal.

Una declaración clara y precisa de la incidencia facilita una gestión y tramitación ágil y efectiva del siniestro.

El plazo para presentar la declaración del siniestro está establecido en 7 días (salvo que en la póliza se indique un plazo superior); si se sobrepasa este plazo, y la compañía aseguradora sufre daños o perjuicios por la falta de declaración, podría reclamar dichos daños al titular del seguro.

Garantías de seguro que posiblemente serán las más afectadas

Se detallan a continuación, de forma general, las garantías de seguro que pueden haberse visto afectadas por la situación, aunque es necesario analizar cada póliza concreta para conocer el alcance real de la cobertura.

  • Bienes refrigerados

Esta garantía, por lo general, cubre las pérdidas o deterioros de los bienes depositados en frigoríficos o equipos de refrigeración a causa de, por ejemplo, una parada accidental debida a una avería interna de la instalación eléctrica o a un fallo en el suministro público de electricidad superior a un número determinado de horas consecutivas (las que se indiquen en la póliza). También puede deberse a una avería en el funcionamiento de dichos aparatos. Esta garantía puede verse afectada por situaciones de parada prolongadas. Además, puede ocurrir que la suma asegurada tenga una limitación.

Documentación que aportar para la tramitación del siniestro: listado de los bienes refrigerados dañados, indicando su valoración económica, fotografías y una copia del recibo de la luz.

  • Daños eléctricos derivados de subidas o bajadas de tensión

Daños sufridos por las instalaciones o los bienes. Es importante tener en cuenta que puede no haber cobertura en caso de falta de mantenimiento previo, así como la existencia de limitaciones en función de la antigüedad de los bienes. Es fundamental conservar el aparato dañado hasta que finalice la tramitación del expediente o del siniestro.

Documentación que aportar para la tramitación del siniestro: factura o presupuesto de reparación donde conste la causa de la avería, fotografías y una copia del recibo de la luz.

Mecanismos de reclamación en caso de rechazo del siniestro y disconformidad por parte del asegurado

El asegurado puede acudir al servicio de atención al cliente para quejas y reclamaciones (SAC) o al defensor del asegurado de la compañía aseguradora (según quién sea el responsable de resolver el caso). Los datos de contacto tanto del SAC como del defensor deben figurar en la póliza y en la página web de cada compañía.

En caso de que el SAC y/o el defensor del asegurado de la compañía rechazaran la reclamación, o si la respuesta no fuera satisfactoria o no hubiera respuesta, se puede acudir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), presentando una queja junto con toda la documentación y la respuesta (o ausencia de esta) de la aseguradora.

En todo caso, siempre se puede presentar una reclamación judicial, tras el procedimiento de negociación o conciliación establecido por la Ley 1/2025, que ha entrado en vigor recientemente.

Asesoramiento profesional de PIMEC

En casos complejos o de cuantía elevada, se recomienda contar con un mediador de seguros, abogado especializado o asesoría jurídica, para garantizar que la reclamación se gestione correctamente y se defiendan adecuadamente los derechos de la empresa.

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