Las Claves
- El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya invalida varios apartados de la normativa de la AMB que restringía la operativa de los VTC.
- La sentencia anula la obligación
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha invalidado diversos apartados de la normativa inicial ratificada por el Área Metropolitana de Barcelona que establecía las restricciones operativas para los Vehículos de Turismos con Conductor (VTC) al percibirlos como desiguales. Pese a que dicha normativa ya no se encuentra vigente, la corte dicta su sentencia acerca de un tema que continúa nutriendo una disputa pendiente y que originó la conocida guerra del taxi. La magistratura acepta en parte la impugnación interpuesta por la Agencia Catalana de la Competencia y suprime tres artículos del estatuto que coordinaba la actividad de las VTC frente al taxi, el cual recibió el visto bueno de la AMB en junio de 2019, periodo en el que Ada Colau lideraba la institución.
El fallo judicial determina que el intervalo de 60 minutos exigido por esa normativa para la reserva de un servicio de VTC era discriminatorio. Las resoluciones posteriores han mantenido este mismo criterio, manifestando que la imposición de una antelación mínima para solicitar un vehículo resulta abusiva.
Los magistrados invalidan tres apartados de la normativa inicial que regulaba la operatividad del traslado de pasajeros con chófer.
Esa normativa inicial establecía ciertos requisitos para las VTC. El requisito fundamental consistía en que no era posible pedir un Uber, un Cabify o un Bolt con una antelación inferior a sesenta minutos. El fallo judicial estima que tal exigencia “vulnera el derecho constitucional de la libertad de empresa”. El precepto igualmente impedía el rastreo geográfico de los automóviles, una restricción que los magistrados han rechazado del mismo modo. La regulación indicaba que “no se podía implantar ni practicar la geolocalización que permite a los clientes situar con carácter previo a la contratación los vehículos” y únicamente se permitía verificar la ubicación del coche tras haber formalizado la reserva. La resolución invalida este apartado al juzgarlo contrario a la libertad de empresa, argumentando que “la posibilidad de que los usuarios conozcan la localización de los vehículos disponibles de una plataforma antes de su contratación redunda en beneficio de los consumidores en la medida en que les permite utilizar esta tecnología para identificar, entre los diferentes proveedores, aquel que ofrece el menor tiempo de espera”. Finalmente, el tercer aspecto de la normativa suprimida atañe al límite de tiempo diario que los chóferes pueden trabajar. El estatuto fijaba un tope de 10 horas para las VTC. La corte califica dicha jornada “inadmisible” debido a que ese periodo de 10 horas figura como base mínima dentro del gremio del taxi.
La próxima normativa del taxi aguarda su proceso legislativo en el Parlament. El Govern validó durante septiembre una propuesta legal que fijaba requisitos inéditos para las VTC: únicamente podrán realizar viajes entre ciudades, alejados del entorno metropolitano, y tendrán prohibido captar pasajeros en la vía pública. Las VTC comunicaron que acudirán a la justicia y critican que el nuevo marco normativo las conduce a su extinción.
