La jueza pide los datos de todos los acreditados para redactar y validar los mensajes de EsAlert

Instrucción de la dana

La magistrada pregunta la formación que habían recibido y cuáles de esos trabajadores se encontraban trabajando el 29 de octubre

Emilio Argüeso, segundo por la izquierda y junto a la consellera Salomé Pradas, la tarde del 29 de octubre en el CECOPI

Emilio Argüeso, segundo por la izquierda y junto a la consellera Salomé Pradas, la tarde del 29 de octubre en el CECOPI

LVE

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, que dirige la investigación penal relativa a la dana, ha acordado, a petición de la acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos, oficiar a la Conselleria de Emergencias para que identifique a todas las personas que estaban acreditadas para redactar y validar los mensajes de EsAlert a fecha de 29 de octubre de 2024, así como para que informe sobre la formación que habían recibido y cuáles de esos trabajadores se encontraban trabajando el citado día.

En un segundo auto, la jueza desestima la solicitud de prueba realizada por una acusación particular para incorporar a la causa el informe anual de la presa de Forata em de 2023 y, en su caso, el de 2024. La juez lo deniega por entender que ya obran en la causa informes de esas infraestructuras y la petición de otro “es redundante”.

La magistrada acepta la personación de la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA) como acusación popular

Igualmente, recuerda que la Guardia Civil está elaborando un documento con una cronología de los hechos y que la citada presa se halla en una cuenta completamente distinta de aquella en la que falleció la pareja de la mujer que ejerce esta acusación particular, por lo que dicha prueba “en nada servirá para esclarecer las causas y circunstancias de su fallecimiento”.

Un tercer auto desestima el recurso de reforma interpuesto por la acusación popular que ejerce Acció Cultural del País Valencià contra un auto previo por el que se denegaba solicitar a la Generalitat documentación e información sobre los teléfonos móviles oficiales de los dos investigados.

La instructora reitera al respecto que dicha prueba afecta al secreto de las comunicaciones de los investigados y no solo a ellos y esa injerencia en tal derecho fundamental “solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos” y respecto de los presuntos responsables de esos delitos.

Finalmente, en un cuarto auto, la magistrada acepta la personación de la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA) como acusación popular en el procedimiento bajo la condición de que consignen una fianza de 6.000 euros en el plazo de diez días hábiles.

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