La jueza y el espejo de la dana
Diario de València
El 29 de octubre de 2024 la Comunitat Valenciana vivió una tragedia con 229 víctimas mortales. Lo que se percibió entonces como un fenómeno meteorológico devastador, la instrucción judicial lo está perfilando como una catástrofe de gestión política. Así lo reflejan los autos de la magistrada Nuria Ruiz Tobarra, que con cada resolución descarta de forma contundente el relato de la Generalitat Valenciana y acota la investigación al retraso en el envío de la alerta ES-Alert, lanzada finalmente a las 20:11 horas, cuando la riada ya había causado efectos irreversibles.
La exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana Salomé Pradas
La jueza rechaza los intentos de la defensa de trasladar responsabilidades a la Confederación Hidrográfica del Júcar, CHJ, a Aemet o incluso al Gobierno central. En sus resoluciones, insiste en que “la posibilidad de alertar a la población al objeto de que adoptara medidas de autoprotección no corresponde a la CHJ, sino a la Administración Autonómica, con competencias en protección civil”. La magistrada descarta, además, la existencia de un supuesto apagón informativo: los datos pluviométricos, las previsiones meteorológicas, las llamadas al 112 y los informes de la CHJ estaban disponibles con suficiente antelación, afirma.
Los vídeos del Cecopi, incorporados a la causa, refuerzan esa interpretación. En ellos se observa que a las cinco de la tarde ya se advertía de personas atrapadas en tejados y que un alto cargo de Emergencias planteó la posibilidad de mandar un aviso masivo a los teléfonos móviles. Sin embargo, el mensaje oficial a la población se retrasó casi tres horas. La jueza considera “inexplicable” esta demora, subrayando que entre las 17:30 y las 18:10 ya se discutía sobre la necesidad de activar la alerta, mientras la situación en la calle era crítica.
En sus autos, Ruiz Tobarra pone el acento en la inacción del Cecopi. Cita testimonios como el del técnico forestal Antonio Mira, que declaró que en la reunión “no se tomaban decisiones” y que la dinámica contrastaba con la agilidad que suele caracterizar a los Cecopis en incendios forestales. Según el mismo testigo, el Cecopi de aquel día se convirtió en un espacio donde el tiempo pasaba sin que nadie adoptara determinaciones claras.
La magistrada no duda en atribuir la dirección de la emergencia a la entonces consellera de Interior, Salomé Pradas, y, desde su llegada al Cecopi a las 20:28 horas, según varios testigos, también al president Carlos Mazón. En este punto, las grabaciones son relevantes: en ellas puede escucharse a Pradas dando instrucciones sobre el contenido de los mensajes e incluso exigiendo revisar los textos antes de que fueran enviados. Estas pruebas, según la jueza, contradicen las declaraciones de la consellera cuando aseguró que su papel había sido secundario.
La instrucción recalca que las víctimas “desconocían que corrían un altísimo riesgo” simplemente por usar su coche, permanecer en una planta baja o salir a la calle. Para la jueza, el envío de mensajes de alerta era “esencial para salvar sus vidas” y su ausencia constituye un elemento central de la investigación. En sus propias palabras, “no se puede argumentar, con el volumen de información de que se disponía cuanto menos desde la mañana, un desconocimiento de la situación”.
La comparación con la reciente gestión de la dana de septiembre de 2025 también ha sido introducida en la instrucción. La jueza ha solicitado un informe sobre las medidas adoptadas entonces, cuando la Generalitat remitió un ES-Alert con diez horas de antelación, lo que permitió avisar con tiempo a la población. En sus resoluciones, Ruiz Tobarra subraya así el contraste entre la previsión mostrada en esa ocasión y la parálisis del 29 de octubre de 2024.
El auto difundido esta semana vuelve a rechazar el archivo de la causa y considera que existen “indicios abrumadores” de negligencia en la actuación de la exconsellera Pradas. Para ilustrar el sinsentido de alegar desconocimiento, la magistrada recurre a comparaciones rotundas: “tan absurdo como defender que un juez de violencia de género no supiera lo que es el sistema Viogén o que un controlador aéreo no supiera leer la pantalla del radar”.
En esta línea, la instrucción coloca en el centro de la causa no la fatalidad meteorológica, sino la gestión política. Según Ruiz Tobarra, las instituciones competentes disponían de información suficiente y de mecanismos adecuados para evitar la tragedia. La diferencia entre las 17:30 y las 20:11 horas —ese lapso de casi tres horas en que se planteó un aviso y no se ejecutó— se convierte, en su análisis, en un tiempo perdido que costó vidas humanas.
La catástrofe de octubre de 2024, a la luz de la instrucción, no fue solo meteorológica: lo fue, sobre todo, para la jueza, de dirección de la Emergencia; y a ese objetivo acota su investigación”
Con estas resoluciones, la jueza va dibujando un retrato de lo sucedido que trasciende lo técnico: un Cecopi desbordado, sin decisiones efectivas, con responsables preocupados por la forma de los mensajes más que por la urgencia de enviarlos, y con una dirección política que, en palabras de los testigos, llegó tarde y reaccionó tarde. El espejo judicial devuelve la imagen de una administración atrapada en la parálisis.
De este modo, no son valoraciones externas las que cuestionan la gestión, sino los propios autos de la magistrada Ruiz Tobarra, que va acotando las responsabilidades con cada resolución. La catástrofe de octubre de 2024, a la luz de la instrucción, no fue solo meteorológica: lo fue, sobre todo, para la jueza, de dirección de la Emergencia y en ese objetivo acota su impecable investigación.