El próximo lunes 22 de diciembre tendrá lugar el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad y, como cada año, millones de españoles volverán a poner su esperanza en un décimo.
Su precio oficial se mantiene en 20 euros desde 2002, aunque en determinadas circunstancias puede aumentar ligeramente, siempre bajo condiciones muy concretas autorizadas por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
Otras entidades pueden vender décimos, pero siempre con permiso de SELAE
Varias personas compran décimos de la Lotería de Navidad
Aunque las administraciones oficiales son los puntos de venta habituales, asociaciones, peñas u otras entidades también pueden distribuir décimos. Para ello necesitan una autorización expresa de SELAE y, en esos casos, se permite aplicar un sobrecoste que nunca podrá superar el 20% del precio original. Esto fija el coste máximo en 24 euros por décimo (20 euros base más un margen de 4 euros).
Revender décimos con sobreprecio, un gesto ilegal que acarrea sanciones
Por el contrario, añadir recargos sin autorización está totalmente prohibido. La normativa —recogida en el Decreto de 23 de marzo de 1956— considera los billetes de lotería como “efectos estancados”, lo que implica una regulación estricta de su distribución.
Según la Instrucción General de Loterías, revender con sobreprecio es ilegal y puede acarrear sanciones económicas importantes. Tal y como recuerda el sindicato Gestha, los infractores pueden enfrentarse a multas equivalentes, como mínimo, a la mitad del premio obtenido, además de otras posibles sanciones relacionadas con contrabando o defraudación.
Por ello, quienes deseen comprar un décimo fuera de una administración deben comprobar que el vendedor dispone de autorización. Ignorar este detalle no solo puede exponer al vendedor a consecuencias legales, sino también al comprador, que podría encontrarse con problemas fiscales o incluso con un décimo inválido.

