La medida de la DGT para que los motoristas puedan circular por el arcén sigue sin llegar: estas son las excepciones que actualmente permiten usarlo sin riesgo de multa
Seguridad y fluidez
El anuncio se hizo hace más de un año, pero su aprobación definitiva aún está pendiente
Atención, conductores: estos son los cambios que la DGT introducirá en la normativa de tráfico en 2025

Por ahora las motos siguen teniendo vedado el acceso al arcén derecho en caso de atasco.
Aunque es una cuestión que lleva años sobre la mesa, se espera que entre en vigor dentro de poco. Nos referimos a la norma que permitirá a los motoristas circular por el arcén en circunstancias excepcionales y que aún se espera para 2025. Hace poco más de un año, la DGT anunciaba en su revista que el Reglamento General de Circulación (RGC) se actualizará en lo concerniente al uso de los carriles y de los arcenes “en situaciones especiales, con mal tiempo y con atascos”, reflejaba la publicación.
Una actualización que los conductores llevan esperando desde hace bastante tiempo. Más en el caso de los motoristas, ya que el uso del arcén para descongestionar el tráfico, si hay una retención, es una demanda que se repite año tras año. La revista de la DGT subrayaba en el artículo que se autorizará “a los motociclistas a circular por el arcén de la derecha en todo tipo de vías con retenciones circulatorias, bajo dos condiciones: a una velocidad no superior a 30 km/h y respetando la prioridad de vehículos obligados a circular por el arcén, especialmente las bicicletas”.
La subdirectora adjunta de Circulación de la DGT, Ana Blanco, refrendaba la propuesta así: “Esta es una medida para dar fluidez a la circulación de los motociclistas con unas condiciones determinadas de seguridad”, aseguraba. Unas declaraciones hechas en abril del año pasado que nos hacen preguntarnos cuándo se van a incorporar al reglamento. Y más cuando la última actualización del RGC se ha producido hace menos de un mes y no ha habido mayores novedades.
Así que por ahora el arcén seguirá siendo territorio vedado para las motos salvo, lógicamente, las indicaciones de los agentes de movilidad, obras, accidentes o señalizaciones temporales. Hay que recordar, no obstante, que los ciclomotores sí tienen permitido su uso en circunstancias excepcionales siempre y cuando “el arcén sea transitable y suficiente”, entonces “podrán circular en columna de a dos por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso”, indica el reglamento.

Mientras tanto y hasta que llegue el cambio, la normativa es muy clara. La multa por circular por el arcén asciende a 200 €, aunque al menos no conlleva pérdida de puntos. Por ahora solo queda esperar a que la actualización entre en vigor. Pero no llegará a tiempo para la o peración salida o retorno de este verano 2025.

