Esta es la carta de aviso de multa que están recibiendo miles de conductores: infracción grave sancionable con 200 euros
Circulación restringida
El Ayuntamiento de Madrid está informando a los automovilistas que no pueden circular con su vehículo sin etiqueta; a partir del 1 de enero de 2026, los sistemas automatizados les multarán

El consistorio madrileño está avisando que, a partir de 2026, los conductores de vehículos sin etiqueta serán multados

Desde el pasado 1 de enero, miles de conductores están recibiendo en sus buzones una carta del Ayuntamiento de Madrid advirtiendo de que sus vehículos han sido detectados circulando por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) sin autorización. No se trata, de momento, de una multa: es un aviso previo antes de que, a partir del 1 de enero de 2026, estas infracciones pasen a sancionarse con 200 euros.
Tal como ha hecho en otras ocasiones, el consistorio ha puesto en marcha esta campaña informativa para los titulares de vehículos con clasificación ambiental A -los más contaminantes y sin etiqueta de la DGT- que hasta ahora no tenían prohibida la circulación por estas áreas.
El objetivo es dar un periodo de adaptación de doce meses, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, durante el cual las infracciones captadas por las cámaras no generarán sanción, pero sí una notificación escrita. Una de ellas es la que ha compartido un usuario de X en esta red social.
Un año de advertencias antes de las multas
La medida, regulada en la resolución de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del 23 de diciembre de 2024, implica que durante todo 2025 los accesos no autorizados a la ZBE se registrarán, pero se comunicarán únicamente como aviso. A partir del 1 de enero de 2026, el mismo hecho supondrá una infracción grave de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, castigada con 200 euros. Esta cifra se puede reducir a la mitad, si se paga en el plazo de los 20 primeros días, conforme a lo previsto en los artículos 76.z3) y 80.1 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTSV).
Las notificaciones se emiten tras la detección por medios automatizados -cámaras OCR y sistemas “foto rojo”- de un vehículo A circulando en zonas restringidas sin permiso. Es importante señalar que la carta de aviso informa que sí que se denunciará y multará al vehículo que lo detecta un agente de la autoridad que controla el tráfico.
¿Quiénes están recibiendo la carta?

Los vehículos con clasificación ambiental A que no tuvieron prohibida la circulación en Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) antes del 1 de enero de 2025 y están afectados por el periodo de aviso anterior son:
- Los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), que mantengan desde el 1 de enero de 2022 los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
- El resto de los vehículos con clasificación ambiental A que no sean turismos, turismos familiares o todoterrenos (autobuses, camiones, furgonetas, motocicletas, etc.), tanto residentes como no residentes en Madrid.
Quedan fuera de este aviso -y continúan siendo sancionados- los turismos A que ya tenían prohibida la circulación en la ZBE antes del 1 de enero de 2025.
Vehículos con excepción de circulación

De todos modos, hay una serie de vehículos sin etiqueta que excepcionalmente pueden seguir circulando sin restricciones.
- Vehículos que transporten a personas con tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (TEPMR), siempre que estén registrados en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban el preceptivo distintivo.
- Vehículos históricos reconocidos según su reglamento específico.
- Vehículos de emergencias (extinción de incendios) y de las Fuerzas Armadas.
Autorizaciones excepcionales: cómo solicitarlas

La Ordenanza de Movilidad Sostenible también prevé que, de forma motivada y excepcional, se concedan permisos temporales de acceso por razones de interés general, seguridad pública, salud o necesidades privadas urgentes e inaplazables. Las solicitudes deben tramitarse a través del procedimiento Madrid Zona de Bajas Emisiones. Entre los supuestos que pueden ser aceptados destacan:
- Entrega de nuevo vehículo: si se ha comprado antes del 1 de enero de 2025 y se está a la espera de recibirlo.
- Tratamientos hospitalarios graves que impidan el uso de otro medio de transporte.
- Vehículos industriales de autónomos próximos a la jubilación (a partir de 59 años) cuya flota sea al menos un 50 % de categoría A.
Cada autorización exige aportar documentación acreditativa, como contrato de compraventa, citas médicas, pólizas de seguro e ITV en vigor.
Un paso más en la transición hacia una movilidad limpia
Con esta medida, el Ayuntamiento de Madrid busca reducir la circulación de los vehículos más contaminantes y avanzar en el cumplimiento de la normativa europea de calidad del aire. La capital ya aplica restricciones progresivas desde 2022, y la prohibición total para los vehículos A en toda la ciudad es uno de los objetivos previstos.

