Por una justicia más eficiente y accesible

Por una justicia más eficiente y accesible
Conseller de Justícia i Qualitat Democràtica

Este jueves entra en vigor la Ley 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que conlleva cambios sustanciales en el modelo judicial vigente hasta ahora. Lejos de ser un simple ajuste técnico, la nueva ley supone un cambio estructural y ambicioso, que afecta tanto a la organización interna de la Administración de justicia como a la manera en que la ciudadanía accede y se relaciona con el sistema judicial.

Uno de los pilares centrales de la nueva ley es la transición del modelo clásico de juzgados unipersonales hacia un nuevo modelo de tribunales de instancia colegiados, reforzados por oficinas judiciales más potentes y flexibles, convertidas en el motor administrativo que da apoyo a jueces y magistrados. Esta nueva estructura debe permitir una mejor distribución de los recursos, una mayor especialización y una reducción de los plazos de tramitación y resolución de los procedimientos. En definitiva, una administración de justicia mucho más eficiente, más funcional y menos congestionada. Cabe destacar que, si bien es cierto que la nueva Ley contribuirá a reducir la pendencia existente en determinados territorios y jurisdicciones, en el caso de Catalunya será necesario, además, aumentar el número de jueces y juezas para situarnos en la media española de jueces por cada cien mil habitantes. Esta es una cuestión que ya está acordada en el marco de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado del 24 de febrero de 2025.

Aspecto de las dependencias del juzgado número 21 de lo penal de Barcelona

Aspecto de las dependencias del juzgado número 21 de lo penal de Barcelona

Xavier Gómez

Otro de los aspectos destacados de la nueva ley es la implantación de las Oficinas de Justicia en los municipios que no sean sede de tribunal de instancia. Se trata de una estructura que ampliará el catálogo de servicios ofrecidos hasta ahora y que permitirá realizar nuevas gestiones desde el municipio, además de dar apoyo a los jueces de paz, una institución muy valorada por la ciudadanía y que la ley preserva y mantiene. Hablamos, pues, de un impulso importante a la justicia de proximidad y a la atención a las personas, especialmente en entornos rurales.

La ley también apuesta decididamente por la resolución alternativa de conflictos. Por primera vez, se introducen los Mecanismos Adecuados de Solución de Conflictos (MASC) como requisito de procedibilidad en los ámbitos civil y mercantil. Esto significa que, antes de llevar determinados litigios a los tribunales, las partes deberán intentar primero llegar a un acuerdo por sí mismas a través de la mediación, la conciliación u otras vías alternativas. Este cambio tiene un doble objetivo: evitar la judicialización innecesaria —y la consiguiente sobrecarga del sistema— y fomentar una cultura del acuerdo que, a menudo, puede ofrecer soluciones más satisfactorias y aceptadas por todas las partes implicadas.

Es necesaria la colaboración y coordinación de todos los agentes judiciales

Todo este conjunto de reformas exige, necesariamente, la colaboración y la implicación de todos los agentes del sistema judicial, es decir, del poder judicial, la fiscalía, la administración de justicia y los operadores jurídicos (abogacía, procuradores, graduados sociales). En Catalunya, esta coordinación entre instituciones ya se está llevando a cabo con éxito en las diferentes comisiones mixtas y constituye la mejor garantía de que los objetivos de la ley se alcanzarán con eficacia y responsabilidad. Solo con la complicidad de todas las partes lograremos llevar a cabo el cambio de paradigma que representa la nueva ley.

Ahora bien, no basta con querer ser pioneros en la aplicación de la ley. También es necesario garantizar que la reforma no pueda perjudicar en ningún caso a las personas más vulnerables. La ley, al establecer la obligatoriedad de estos mecanismos previos a la jurisdicción, podría haber terminado dificultando la situación de las personas con derecho a asistencia jurídica gratuita. Para evitarlo, el departamento de Justícia i Qualitat Democràtica de la Generalitat de Catalunya y el Consejo de los Colegios de la Abogacía Catalana acaban de firmar un acuerdo que incluye, en los supuestos de derecho a asistencia jurídica gratuita, la asignación de un profesional de la abogacía que acompañe al ciudadano durante el uso de estas vías previas de solución de controversias. Este acuerdo refuerza los servicios de orientación jurídica, impulsa la mediación gratuita y asegura que la ciudadanía vulnerable reciba acompañamiento efectivo y profesional en cualquier trámite relacionado con los MASC.

En definitiva, la nueva Ley de Eficiencia debe permitir mejorar sustancialmente un servicio público de primer orden, dando lugar a una justicia más ágil, más accesible y más conectada con las necesidades reales de la ciudadanía.

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