Por primera vez en la historia de España una víctima de las torturas del franquismo ha declarado ante la Fiscalía de Memoria Democrática. Blanca Serra, de 82 años, activista de la izquierda independentista que sufrió junto a su hermana (ya fallecida) cuatro episodios de detención y torturas en la comisaría de policía de la Vía Laietana de Barcelona y en la Dirección General de Seguridad en Madrid, ha sido escuchada por la fiscal delegada de Memoria Democrática de Barcelona, Sara Expósito. “Hoy es un gran día para la memoria y para recuperar un pasado que no ha acabado”, ha explicado Serra. La activista, que ha entrado a declarar ayudada por un caminador, ha sido arropada por una cincuentena de militantes independentistas a las puertas de la Ciutat de la Justicia. Serra, en declaraciones a los medios, ha asegurado que confía que su caso sirva para el traslado de la comisaría de policía de la Via Laietana y para que el edificio se convierta en un centro de memoria. “Es intolerable que piensen que podemos compartir torturadores y torturados un piso para unos y otros”.
La activista confía que su caso sirva para el traslado de la comisaría de la Via Laeitana
La Fiscalía de Memoria Democrática y Derechos Humanos, en su delegación de Barcelona, aceptó abrir diligencias de investigación a raíz de la denuncia presentada por Serra y que cuenta con el apoyo de las entidades Irídia, Òmnium Cultural y la Organització Mundial contra la tortura. La denuncia fue interpuesta en noviembre de 2024 y relataba cuatro detenciones y tratos degradantes en distintos periodos entre 1977 y 1982. Sin embargo, solo podrá investigarse la detención y torturas de febrero de 1977 porque es el único episodio que queda cubierto por la Ley de Memoria Democrática y es anterior a la aprobación de la Constitución y la ley de Amnistía.
El camino judicial para que la causa prospere es complicado. La Fiscalía deberá investigar el asunto y si detecta que hubo un delito de lesa humanidad (delito que no prescribe y no está amparado por la ley de amnistía de 1977) presentará una denuncia ante el juzgado. La justicia hasta ahora ha rechazado reiteradamente investigar las torturas del franquismo bajo el argumento de que la ley de amnistía del 1977 lo impide. Hubo dos casos anteriores, que contaban con el apoyo de la fiscalía, que fueron archivados por sendos juzgados al considerar que las torturas denunciadas estaban prescritas. La fiscalía señaló que la finalidad de las investigaciones de estos casos no debe ser la persecución penal sino garantizar a las víctimas el derecho a la verdad, la justicia y la reparación, con independencia del resultado final del proceso.
“Los crímenes contra la humanidad no prescriben”, afirma la directora de Irídia
Anaïs Franquesa, directora del centro de derechos humanos Irídia, que apoya el proceso de Blanca Serra, considera que lo ocurrido en la Via Laietana “son crímenes contra la humanidad que no prescriben”. “Son crímenes que se tienen que investigar, juzgar y condenar en una democracia plena”. Franquesa destaca que la jornada de hoy es “histórica” porque por primer vez declara en sede judicial una persona torturada en la comisaría de Via Laietana. “La justicia llega muy tarde, porque muchos represaliados ya no están”, pero confía que esta declaración “sea la primera de muchas, queda mucho trabajo por hacer, esto no ha acabado”, ha sentenciado.
La fiscalía en el decreto de incoación de las diligencias de investigación del caso de Blanca Serra aseguró que tiene la obligación en virtud de la ley de memoria democrática de “realizar una investigación efectiva que satisfaga el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, principios estos que son pilares del derecho internacional de los derechos humanos” y que se integran en el derecho a la tutela judicial efectiva establecida en la Constitución. Además, el mismo escrito de fiscalía que el caso de Serra cumplía con los requisitos que marca la ley que cubre casos de “”graves violaciones del derecho internacional de derechos humanos o del derecho internacional humanitario; que los hechos se hayan producido con ocasión del golpe de estado del 18 de julio de 1936, la guerra y la dictadura, hasta la entrada en vigor de la Constitución Española el 29 de diciembre de 1978; y que estos se hayan producido “en el contexto de un régimen institucionalizado de represión contra la población civil, en este caso por motivos políticos”.
