El Gobierno declara “ilegítima y nula” la condena al último fusilado del franquismo

Declaración firmada

Xosé Humberto Baena Alonso, militante gallego del FRAP, fue ejecutado menos de dos meses antes de la muerte de Franco

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ofrece una rueda de prensa tras la reunión del Comité de crisis para el seguimiento de los efectos de la DANA, en el Palacio de la Moncloa, a 10 de noviembre de 2024, en Madrid (España). Durante su comparecencia, el ministro ha asegurado que el Gobierno respeta cualquier cualquier manifestación o expresión pública de la ciudadanía que sea

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres

A. Pérez Meca - Europa Press / Europa Press

El Gobierno ha declarado “ilegítima y nula” la condena a muerte dictada en 1975 contra Xosé Humberto Baena Alonso, militante gallego del FRAP y considerado el último fusilado del régimen franquista, que fue ejecutado menos de dos meses antes de la muerte de Franco.

Así lo establece la “Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal” firmada por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, enviada a la familia de Baena y a la que ha tenido acceso EFE.

Baena había sido acusado de ser el autor material de un atentado contra un policía

El 27 de septiembre de 1975, el régimen franquista ejecutó sus últimas cinco sentencias de muerte, contra dos miembros de ETA y tres del FRAP, acusados de terrorismo.

Sobre las 8.30 horas de aquel 27 de septiembre fueron fusilados dos miembros de ETA -Ángel Otaegui en Burgos y Juan Paredes Manotas “Txiki” en Cerdanyola del Vallès (Barcelona)- y, una hora más tarde, fueron ejecutados, en un campo de maniobras militares de Hoyo de Manzanares (Madrid), tres militantes del FRAP: Ramón García Sanz, José Luis Sánchez-Bravo y Xosé Humberto Baena Alonso, a quien se atribuye haber sido el último de los cinco en ser fusilado ese día.

Baena había sido acusado de ser el autor material del atentado mortal contra un policía en la calle Alenza de Madrid, el 14 de julio de 1975, pero el tribunal militar que lo juzgó en consejo de guerra no admitió ni pruebas ni testigos y se limitó a dictar sentencia a partir de las declaraciones autoinculpatorias de los acusados, arrancadas bajo tortura por la policía franquista.

En la declaración remitida por el Gobierno de España a la familia, se hace constar que, tras estudiar el caso, “ha quedado acreditado” que Baena, nacido en Vigo (Pontevedra) y ejecutado antes de cumplir los 25 años, “padeció persecución por razones políticas e ideológicas durante la dictadura franquista”.

Derecho a la “reparación moral”

El escrito oficial del Gobierno certifica que Baena “tiene derecho al reconocimiento y a obtener la reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva”.

En virtud de la ley de memoria democrática de 2022, se declara “ilegal e ilegítimo el tribunal que juzgó” a Xosé Humberto Baena.

Asimismo, se declara “ilegítima y nula la condena, sanción o resolución dictada” contra Baena, “tanto judicial como administrativa, producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra de España o durante la dictadura posterior”.

El pasado mes de noviembre, también recibió una declaración reparadora similar la familia de José Luis Sánchez-Bravo, condenado a muerte por, supuestamente, haber participado en el atentado del FRAP en la calle Villavaliente de Madrid, el 16 de agosto de 1975, donde fue asesinado el teniente de la Guardia Civil Antonio Pose.

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