En la última película de Clint Eastwood, Jurado N.º 2 , su protagonista es llamado a formar parte de un jurado en un juicio por asesinato. Cumple todos los requisitos. No tiene nada que ver con la víctima, una mujer atropellada, ni con el presunto asesino, el novio de la fallecida. Acude al juzgado por sentido del deber, pero todo se complica cuando en el juicio, al oír el relato de los hechos, se da cuenta de que él estuvo en el lugar del crimen en aquel momento y que, sin saberlo, provocó la muerte de la joven. Le surge entonces el dilema moral de si salvarse él, declarando culpable al presunto asesino, sabiendo que no lo fue, o hacer lo que debe y declarar lo ocurrido.
Viene esto al caso de la comunicación del juez Peinado, aún no definitiva, de que el juicio contra Begoña Gómez, su asesora Cristina Álvarez, y Francisco Martín, entonces secretario general de la Presidencia, serán juzgados por un jurado. Nueve personas de la Comunidad de Madrid serán quienes juzguen a la esposa del presidente. Nada que reprochar a la decisión, desde el punto de vista procesal. La ley del Jurado, que ya tiene 30 años, prevé, en su listado de delitos a juzgar, los de cohecho, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, a los que se refiere la causa. El asunto cumple todos los requisitos, aunque no son muy comunes este tipo de juicios.
Hasta qué punto un ciudadano cumpliría con los requisitos de objetividad
Pero las dudas que me surgen, como le habrá ocurrido a muchos ciudadanos, son si entre las personas que formarán parte de ese jurado, habrá quienes, como en la película de Eastwood se planteen una duda moral a la hora de convertirse en juzgadores, o si hay quien lo verá como una oportunidad de aplicar la justicia divina que creen que debe recaer sobre Pedro Sánchez, aunque sea en la persona de su mujer, o al contrario, si hay quienes verán la oportunidad de salvar a su líder, a su presidente, dejando al margen, en ambos casos, la más mínima objetividad con la que un miembro de un jurado debe acercarse a la causa para declarar “probado o no probado el hecho justiciable” y la “culpabilidad o inculpabilidad de cada acusado”.
La ley del Jurado establece claramente las condiciones para formar parte de él: ser español, mayor de edad, contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función, etcétera; qué personas son incompatibles para serlo, por ejemplo el presidente del Gobierno por el hecho de serlo; y las que no podrán formar parte del tribunal de una determinada causa, entre otras cosas por “una amistad íntima o una enemistad manifiesta con alguna de las partes”, o “tener interés directo o indirecto en la causa”.
Begoña Gómez
Llegados a este punto es cuando cabe preguntarse hasta que punto un ciudadano llamado a juzgar a Begoña Gómez cumpliría con los requisitos de objetividad que se les debe suponer. Ejemplos: ¿alguien que por sorteo deba formar parte del jurado y sea militante del PSOE puede acercarse a la causa, dejando a un lado sus creencias? ¿Y uno con carnet del PP?. Creo que sí, si íntimamente se plantean el dilema moral de cumplir con su deber y no hacer política en el juicio. Con un militante de Vox tengo más dudas. Con la polarización existente en España, que lleva subiendo desde el 2021 sin visos de parar, y cuando ya todos los españoles han absuelto o condenado a la esposa del presidente, con las informaciones de la prensa, un miembro del jurado, sin carnet de ningún partido, pero simpatizante o votante, ¿estaría dispuesto a dejar a un lado sus prejuicios para impartir justicia? Quiero creer que sí, pero… Bien es verdad que cuando se lee en los periódicos que “una mayoría de jueces conservadores juzgará al fiscal general del Estado”, podemos plantearnos el mismo dilema.
No, no les voy a contar el final de la película de Clint Eastwood. Hay que ir al cine, aunque la realidad supere a la ficción en tantas ocasiones.