Un informe del CGPJ alerta que el Gobierno pretende debilitar la protección a las fuentes de los periodistas

Informe técnico

El informe alerta de que ciertas limitaciones a los periodistas recogidas en la ley podría ir contra el reglamento europeo y contra la Constitución

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 22 de julio de 2025, en Madrid (España). El Consejo de Ministros aprobará este martes 22 de julio una nueva declaración de emergencia en Canarias con 40 millones de euros para la creación de 1.200 plazas de asilo para menores migrantes en la Península. Además el Consejo de Ministros da luz verde al Proyecto de Ley de Información Clasificada, que pasará al Congreso para ser tramitada, que desclasificará los secretos del franquismo y la Transición.

El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros

Jesús Hellín/ Europa Press

El informe técnico del Consejo General del Poder Judicial alerta de que el anteproyecto presentado por el Gobierno de ley orgánica que garantiza el derecho al secreto profesional de los periodistas debería identificar de manera más clara cuál es su objetivo de protección.

Según el texto, al que ha tenido acceso La Vanguardia, tal y como esta redactado el anteproyecto supone una “protección más débil de la que ofrece y debe ofrecer nuestro ordenamiento jurídico”.

“El anteproyecto aborda la regulación del derecho al secreto profesional sin explicitar el espacio normativo que pretende ocupar” en relación con el reglamento europeo creado en 1983 para la protección de las fuentes de información de los periodistas.

Por eso, el informe pide reconsiderar algunos puntos. Además, explica que el texto introduce una cláusula general de limitación del derecho al secreto profesional cuando afecta a la seguridad nacional “que no se ajusta ni a los establecido en el reglamento europeo ni en la Constitución española.

El anteproyecto establece que se podrá autorizar judicialmente la práctica de diligencias que afecten al secreto profesional en supuestos como la existencia de un daño grave e inminente para la vida o la integridad de las personas, o un riesgo para la seguridad nacional o los fundamentos del sistema constitucional. 

Para las dos vocales que han elaborado el informe, la norma impulsada por el Consejo de Ministros “establece un marco de limitación del derecho al secreto profesional que hace imprevisible para sus titulares saber qué fines justifican la restricción del derecho y cuáles son las reglas de prevalencia condicionada de otros derechos y bienes de relevancia constitucional cuando entran en conflicto con el derecho al secreto profesional”. A su juicio, estos no se acomoda con las exigencias de claridad y precisión de la ley limitadora de derechos fundamentales.

El informe, que debe ser votado por el pleno, también pide que se revalore la parte en el que se autoriza a un juez limitar el derecho al secreto profesional para investigar un delito.

El informe considera que esta parte debería dotar de “mayor seguridad jurídica y certidumbre” a los jueces que deben fijar esas medidas restrictivas del derecho al secreto. También debería “aclarar si el interés constitucional en la averiguación de los hechos y la identificación del delincuente, esto es, el interés en la persecución y castigo del delito, constituye un fin legítimo y en qué supuestos para la imposición de restricciones al secreto profesional”.

El gabinete técnico del CGPJ también expone sus dudas sobre la capacidad que permite el anteproyecto de instalar programas informáticos de vigilancia intrusiva a periodistas. A su juicio, con esta norma, “el nivel de protección del secreto profesional frente a este tipo de medidas resultaría inferior”.

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