El magistrado del Tribunal Supremo (TS) que investiga el caso Koldo, Leopoldo Puente, ha rechazado “en este momento” la solicitud del PP para que reclame al PSOE todos los movimientos de caja desde 2017 por los pagos en sobres.
“No ha lugar a lo interesado en este momento, sin perjuicio, lógicamente, del resultado de las referidas declaraciones testificales a cuya vista se acordará lo procedente”, responde el magistrado Leopoldo Puente en una providencia a la que ha tenido acceso La Vanguardia.
Los populares habían solicitado al instructor que requiriera “con carácter urgente” a los socialistas todos los movimientos de caja desde 2017, de modo que la información esté disponible antes del próximo 29 de octubre, cuando están citados dos trabajadores del PSOE, a fin de arrojar luz sobre los pagos en sobres al ex ministro José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García.
El magistrado ha citado al exgerente del PSOE Mariano Moreno y una trabajadora de la Secretaría de Organización tras el informe de la unidad central operativa (UCO) de la Guardia Civil que detectó pagos en efectivo por parte del PSOE al exministro y a su exasesor de los que no constaba “respaldo documental ni información alguna”.
Con este escenario, la acusación popular exigía “conocer, con carácter previo, determinados particulares acerca de los procedimientos de reembolso de gastos seguidos por el PSOE, en general, y respecto de Ábalos Meco y García Izaguirre, en particular, de indudable interés para las presentes actuaciones”.
Porque “contar con documentación que ilustre estas cuestiones enriquecería sin duda las declaraciones” de Rodríguez y Moreno, ya que “solo de ese modo puede asegurarse el aprovechamiento pleno” de las testificales puesto que “todavía deben esclarecerse los orígenes de las fuentes de efectivo” de Ábalos y Koldo.
En su escrito, la acusación popular unificada que lidera el PP pedía los movimientos de caja desde 2017, incluidos los ingresos desde cuentas bancarias, y “no solo el resumen anual sino el detalle de cada uno de los movimientos”, especificando las salidas, los conceptos y los perceptores “de todo el dinero que llegó a la caja” desde ese año.
El magistrado no aporta más detalles en su resolución, pero recuerda que se puede recurrir la misma ante él y ante la sala.
