La Audiencia reitera al juez Peinado que no puede investigar el rescate de Air Europa

Tribunales

Los magistrados advierten al instructor que no aporta “el más mínimo indicio” más allá de “noticias periodísticas” de hechos ajenos a la causa

Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez, sentada al lado del político socialista Jesús Celada, vicepresidente de la comisión de investigación impulsada por el PP para dilucidar si tuvo

Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez.

Dani Duch / Propias

La Audiencia Provincial de Madrid ha vuelto a advertir al juez Juan Carlos Peinado de que no puede investigar la supuesta implicación de Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, en el rescate de Air Europa por no aportar “el más mínimo indicio” más allá de “noticias periodísticas” de hechos ajenos a la causa.

La Audiencia de Madrid ya había ordenado en tres ocasiones a Peinado dejar a Air Europa fuera del procedimiento en el que investiga a Gómez por presunto tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida, intrusismo y malversación, pero ahora lo hace de nuevo al resolver un recurso del mes de mayo.

Entonces, el juez decidió reactivar la investigación y pedir un informe a la UCO de la Guardia Civil sobre el rescate, pero él mismo se corrigió poco después y anuló esa solicitud. Lo hizo tras un nuevo varapalo de la Audiencia a sus movimientos sobre la empresa filial de Globalia.

Es más, en junio asumió que no podía investigar y planteó ceder a otro juzgado una querella presentada por Vox relacionada con ese rescate.

Ahora, meses después, la Audiencia Provincial resuelve los recursos de Begoña Gómez y del fiscal contra la decisión anterior del juez -es decir, la de pedir informe a la UCO-, y les da la razón parcialmente en un auto en el que cuestiona que el magistrado actuase guiado por una noticia periodística.

“La resolución dictada carece de fundamentación (...), se refiere a noticias periodísticas de hechos que no se investigan en este procedimiento y, como ya hemos dicho, parece tratarse de noticias que se han obtenido de otros procedimientos, en los que se investigan otros hechos supuestamente cometidos por personas aforadas y que algunas de ellas pudieran tener relación con los investigados en este procedimiento”, argumentan los magistrados.

Inciden en que “la resolución recurrida carece de la motivación necesaria que se exigía en nuestras anteriores resoluciones, para justificar una ampliación del objeto de la investigación”.

Precisan los magistrados que estiman el recurso parcialmente porque no pueden acordar la nulidad de las “demás actuaciones realizadas en tal sentido” a las que se refería el juez, “ya que no se mencionan, ni se refieren si se han practicado diligencias en tal sentido”.

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