Las dos vertientes de la situación de Ábalos
La sombra de la corrupción
En pocos meses, el exministro podría recibir una sentencia definitiva y solo le quedaría recurrir a algún beneficio carcelario.

El exministro José Luis Ábalos, en el Congreso de los Diputados.
El poder de pacto del antiguo ministro socialista José Luis Ábalos ha disminuido de forma considerable tras su ingreso en prisión provisional. La vista oral que comenzará próximamente ante el Tribunal Supremo tampoco resulta favorable para sus intereses. El fallo judicial que se emita será definitivo y, en caso de recibir una condena, permanecerá privado de libertad durante un periodo prolongado. Haber renunciado a su escaño parlamentario la semana anterior también debilita su estrategia jurídica, ya que clausura la posibilidad de alegar una vulneración de su derecho al ejercicio político, una táctica que, por contra, ha empleado con éxito el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.
Un revés adicional para su porvenir legal consistió en decidir vincular su defensa a la de su antiguo asesor Koldo García y rechazar cualquier pacto con la Fiscalía Anticorrupción. El hombre de negocios Víctor de Aldama empleó el método contrario: admitió el abono de comisiones ilegales a Ábalos y García para obtener adjudicaciones de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la crisis sanitaria, aportó pormenores e implicó a integrantes del PSOE y del Gobierno. Ciertos testimonios suyos han sido verificados mediante las pesquisas, mientras que otros carecen de pruebas y, en consecuencia, se han desestimado. No obstante, lo cierto es que, debido a su planteamiento, el ministerio público solicita siete años de cárcel para él en comparación con los 24 de Ábalos. No haber atendido las recomendaciones de su letrado inicial (renunciar al acta, pactar con la Fiscalía y distanciarse de Koldo) ha resultado dañino para él. En la actualidad encara un solo proceso judicial, tras haber sustituido a su representante legal en dos ocasiones, contando con un defensor recién incorporado a la causa y careciendo de respaldo.
Ábalos decidió renunciar a su condición de aforado tras haberse emitido el auto para iniciar el juicio oral, y, conforme a la doctrina del Supremo, tras fijarse dicho paso, el órgano judicial conserva la potestad para juzgarlo. Si hubiera tomado esa decisión cuando se lo sugirió su abogado inicial, el proceso se habría trasladado a la Audiencia Nacional, permitiéndole ganar margen temporal. La fase de investigación resultaría forzosamente más extensa debido a que el expediente abierto en ese lugar incluye a otros imputados, lo que implica interponer más impugnaciones frente a decisiones del juez que demoran el caso. Asimismo, el magistrado instructor del Supremo, Leopoldo Puente, únicamente gestionaba este procedimiento, a diferencia de los juzgados de la Audiencia Nacional que se encuentran saturados. El Alto Tribunal apenas registra vistas orales en espera, mientras que en la Audiencia Nacional la demora para procesos sin detenidos supera los dos años. Por otra parte, el Supremo actúa como instancia definitiva al ser la máxima autoridad judicial, mientras que el fallo que emitiera la Audiencia podría ser recurrido ante su sala de apelación y posteriormente mediante casación ante el Supremo.
La Mesa del Congreso acordó el martes denegar la solicitud de Ábalos para recibir un resarcimiento de 50.000 euros.
Personas próximas a Ábalos comentan que el exministro consideraba que su escaño le otorgaba inmunidad frente al ingreso en prisión. Jamás supuso que el Supremo dictaría el encarcelamiento de un diputado en ejercicio. Erró en su juicio, y en este momento sus alternativas para llegar a acuerdos son escasas. La debilidad de su posición actual queda patente tras su tentativa frustrada de esta semana para eludir la comparecencia en la sesión preliminar del litigio. Deberá presentarse ante el tribunal.
Por una parte, informantes del ministerio público sostienen que, ante la proximidad de la vista oral y con una petición de condena de 24 años de prisión, su única salida es admitir su integración en una red delictiva, el cobro de sobornos, la manipulación de licitaciones y el nombramiento de allegados en entidades estatales. Solo mediante esta confesión obtendría una disminución de su castigo. Resulta irrelevante si intenta implicar a cargos superiores del PSOE, organización en la que fue un pilar fundamental junto a Pedro Sánchez. Su proceso judicial es el actual.
Las demás investigaciones que lo involucran, como las relacionadas con otras contrataciones de obra pública, por las que está imputado junto a su sucesor Santos Cerdán, o los recibos en efectivo del PSOE, son secundarias para Ábalos. Pero no para el PSOE. Ábalos afirmó que entregó el acta para poder percibir su pensión y cubrir los gastos de su abogado. Hay otra perspectiva: su antiguo partido recupera un escaño en un momento político donde cada voto cuenta.
Su porvenir, fuera del ámbito judicial, depende de la Mesa del Congreso, dirigida por el bloque progresista que integra el Gobierno, así como de Instituciones Penitenciarias, vinculada al Ministerio del Interior.
Por ahora, el órgano de gobierno del Congreso de los Diputados ha dado el primer paso, al decidir el martes rechazar la solicitud de Ábalos de recibir una indemnización tras su suspensión. Los letrados optaron por negarle ese derecho invocando precedentes: ningún miembro de la Cámara suspendido anteriormente había cobrado dicha compensación.
La vida en prisión también puede verse facilitada. Los equipos de tratamiento, compuestos por profesionales penitenciarios, tienen bajo su criterio “estudiar y valorar las distintas variables que se dan en el penado” para otorgar beneficios como cambios de régimen o salidas autorizadas, aunque en este caso no se prevén para los próximos años. En cualquier caso, dichos beneficios deberán ser aprobados por el juez de vigilancia penitenciaria. Estas juntas valoran favorablemente la participación en programas de reinserción al conceder privilegios. Ábalos, si es condenado, podrá integrarse en ellos.

