La respuesta a esta pregunta no es sencilla y depende de varios factores.
En primer lugar, es importante distinguir entre la responsabilidad civil del hospital y la del fabricante de la prótesis. Si el hospital utilizó la prótesis sabiendo que era defectuosa, se puede reclamar al hospital. Sin embargo, si el problema radica en la fabricación de la prótesis, la reclamación debe dirigirse al fabricante.
En el caso de reclamar al hospital, el plazo para hacerlo es de cinco años desde la intervención quirúrgica o la implantación de la prótesis. Por otro lado, si se trata de una reclamación al fabricante, el plazo es de diez años desde la implantación de la prótesis. Si la prótesis se deteriora dentro de esos diez años, el afectado dispone de tres años para reclamar al fabricante.
Vencimiento
Todos los plazos para la reclamación comienzan en el momento en el que se implanta la prótesis en el paciente
Es fundamental tener en cuenta que estos plazos comienzan a contar desde el momento de la implantación de la prótesis en el cuerpo del paciente. Además, se entiende que las prótesis tienen una vida útil media de diez años, por lo que, pasado ese tiempo, no se puede reclamar a nadie.

Los percances con las prótesis son motivo de reclamación.
Para poder reclamar al fabricante, es necesario tener la prótesis defectuosa. Esto implica iniciar el protocolo para su retirada y sustitución, y realizar un informe pericial que demuestre que la prótesis es la causante de los problemas físicos del paciente.
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Cristina González es abogada y Directora de Asistencia Jurídica Telefónica de ARAG. Más información: www.arag.es
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