El tribunal supremo ha condenado a cinco años de cárcel a un cabo del Ejército de Tierra, destinado al V Batallón de Intervención de Emergencias, a quien acusa de abuso sexual, acoso y abuso de autoridad hacia una subordinada. Según la Sala de lo Militar del Alto Tribunal, además de la reducción de seis meses de condena también se ha conmutado la pena de pérdida de empleo que dictaminó en primera instancia un tribunal militar.
El acusado, además de cumplir la pena estipulada en la sentencia del alto tribunal, deberá indemnizar con 44.776 euros a su víctima por las lesiones psíquicas padecidas y en concepto de daño moral.
El militar realizaba comentarios sexuales y manoseaba a la víctima sin consentimiento
Según detalla la sentencia, la mayor parte de los hechos por los que se le condena tuvieron lugar entre 2017 y 2021, cuando el acusado coincidió en el Pelotón de Sanidad con su víctima, una soldado que era además su subordinada. Durante este período, el cabo comenzó a realizar comentarios sexuales sobre el aspecto físico de su subordinada, a llamarla por teléfono mientras este se masturbaba, y a tocar y manosear a la víctima de forma inapropiada y no consentida.
Además del acoso que la soldado recibía en persona, el acusado también realizó comentarios sexuales a través de Whatsapp, incitando a la víctima a enviarle fotografías en bikini y refiriéndose a ella como “mi compañera sexy”. El acusado aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas con su víctima para manosearla de forma inapropiada y, después de ser recriminado por la víctima, se “reía tomándoselo a broma”. “Tenía que aprovechar, no voy a ser tonto”, le contestaba a la soldado según recoge el testimonio.
El supremo desestimó parcialmente el recurso del acusado
Por estos hechos, el acusado fue condenado en noviembre de 2024 a un total de cinco años y medio de cárcel, tras lo cual emitió un recurso ante el Supremo en el que sostenía que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia y en el que cuestionaba a la víctima, motivos que han sido desestimados.
Si estimó una “falta de proporcionalidad” entre los hechos delictivos y la pena solicitada, motivo por el cual el tribunal considera que las penas impuestas al militar superaban, en ambos casos, en tres meses al mínimo previsto “sin que este incremento pueda considerarse suficientemente justificado”.