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Condenado a 14 años de prisión a un hombre por violar a la hija de su vecino durante una 'fiesta de pijama'

VIOLENCIA SEXUAL

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a 14 años de prisión y pérdida de la patria potestad durante 7 a la que fue condenado un hombre por violar a la hija de su vecino

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a 14 años de prisión y la pérdida de la patria potestad durante 7 años para un hombre que agredió sexualmente a la hija de su vecino, una niña de 7 años, tras quedarse a dormir en su casa en una supuesta “fiesta de pijama” con sus hijos.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, ratifica los hechos probados por la Audiencia de Sevilla en enero de 2025, aunque anula la indemnización de 6.000 euros al quedar acreditado que los representantes legales de la víctima renunciaron expresamente a ella.

Según la resolución judicial, los hechos ocurrieron entre la noche del 16 y la madrugada del 17 de septiembre de 2023. La menor, que pasaba el fin de semana con su padre, fue a casa del condenado —vecino suyo— para jugar con los hijos de este. Durante el día, el hombre envió fotos de los niños al padre para “tranquilizarlo” y más tarde pidió permiso para que la niña se quedara a dormir, a lo que el padre accedió.

Ya entrada la noche, la niña fue al dormitorio del acusado porque no podía dormir. En ese momento, el hombre la desnudó y la agredió sexualmente. Pasada la medianoche, contactó de nuevo con el padre alegando que la menor tenía miedo y no quería quedarse a dormir. Cuando la recogió, el padre observó que la niña estaba llorosa y sin el pantalón que llevaba horas antes. Tras preguntarle, la menor relató parte de lo sucedido.

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La familia acudió de inmediato al Hospital Infantil Virgen del Rocío de Sevilla, donde la niña fue atendida por un médico forense y una pediatra. Aunque no presentaba lesiones físicas, sí mostró signos emocionales compatibles con una situación de abuso sexual.

El TSJA ha considerado “coherente y creíble” el testimonio de la menor, y ha respaldado íntegramente la valoración realizada por la Audiencia de Sevilla. El fallo deja sin efecto únicamente la indemnización económica, pero mantiene el resto de la condena.