Absuelto el guardia urbano acusado de disparar a un sintecho en Barcelona por la doctrina Botín

Juicio Barcelona

La Audiencia de Barcelona estima los argumentos de la abogada de la defensa y entiende que no puede seguir la causa contra el agente sin que la fiscalía y la víctima formulen acusación

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Los Mossos d'Esquadra analizan la acera del paseo de Sant Joan tras los disparos efectuados por un agente de la Guardia Urbana contra un hombre sin hogar 

Mané Espinosa / ARCHIVO

El agente de la Guardia Urbana de Barcelona que en noviembre de 2020 hirió de un disparo a un hombre sin hogar que llevaba un cuchillo ha sido absuelto por la vía rápida. La Audiencia de Barcelona ha estimado la cuestión previa presentada por la abogada del policía, Paz Vallès, al inicio del juicio, y ha dictado la exoneración del agente. La letrada ha esgrimido la aplicación de la doctrina Botín, que entiende que cuando no hay acusación particular en un proceso judicial, la acusación popular no puede ejercer la acción penal.

En este caso, la Fiscalía no formulaba acusación contra el agente de la Guardia Urbana y, por tanto, no existía acusación pública. Además, el hombre sin hogar afectado no se había personado en la causa como acusación particular y, desde 2023, se encuentra en paradero desconocido. La única parte personada era la Fundació Arrels, entidad que vela por la protección y el cuidado de las personas sin hogar, como acusación popular.

“Nadie puede ser juzgado si quienes están legitimados para ejercer la acción penal no lo hacen”, afirma la abogada, Paz Vallès

La abogada ha indicado que “nadie puede ser juzgado si quienes están legitimados para ejercer la acción penal no lo hacen” y ha añadido que la acusación popular no puede intervenir en el proceso sin la expresa autorización de la víctima. Como el afectado no había dado permiso a la Fundació Arrels para que actuara en su nombre durante el proceso judicial, la Sala ha aceptado el argumento de la defensa, ha expulsado a la Fundació Arrels del procedimiento y ha dictado la absolución del policía.

La Fundació Arrels solicitaba una pena de 10 años de cárcel para el agente por un delito de intento de homicidio. La abogada del agente también ha intervenido para destacar que en el auto de apertura de juicio oral solo se contemplaba un delito de lesiones, por lo que Arrels no podía sostener una acusación por tentativa de homicidio, al entender que se vulneraría el principio acusatorio y el derecho de defensa del policía. Finalmente, tras una larga deliberación, el tribunal ha decidido apartar a la acusación popular alegando que no habían encontrado un escrito en el que la persona sin hogar autorizara “de forma expresa” a Arrels para personarse en calidad de acusación popular.

La Sala ha estimado el argumento de la defensa y ha expulsado a la Fundació Arrels como acusación popular

Los hechos ocurrieron el 21 de noviembre de 2020, cuando la persona sin hogar estaba bloqueando con sus bártulos la entrada de un portal en el paseo de Sant Joan. La Guardia Urbana fue requerida por los vecinos para que mediara con él. Los agentes le pidieron que recogiera sus pertenencias, pero se marchó del lugar y, cuando unos agentes se acercaron, el hombre se dio media vuelta y vieron que llevaba un cuchillo en la mano. Se abalanzó sobre uno de los agentes, que tuvo que echarse hacia atrás y le pidió que lo tirase al suelo. El hombre no hizo caso y se dirigió a la plaza de Tetuán. Allí se encaró hacia uno de ellos y se aproximó con el cuchillo en la mano. El agente efectuó un primer disparo al suelo para disuadirlo y, al ver que no se detenía, apretó el gatillo otra vez, alcanzándolo en el abdomen.

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Marjan, un hombre de 43 años y nacionalidad húngara, llevaba cuatro meses viviendo en las calles de Barcelona. Fue ingresado en el hospital de Sant Pau en estado grave y fue dado de cuatro meses después. El juzgado lo imputó por un delito de atentado a la autoridad, pero el proceso judicial no ha podido seguirse contra él porque se encuentra en paradero desconocido y, por tanto, ha sido declarado en rebeldía procesal.

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