El servicio de urgencias en la primaria se reducirá al 25% por la huelga de médicos

Este viernes

El paro será de 24 horas: desde las 8 h del día 3, hasta las 8 h del día 4, sábado

Varias personas protestan con pancartas y batas blancas durante una manifestación de Metges, el segundo día de huelga, a 26 de enero de 2023, en Barcelona, Catalunya (España). Unos 9.000 médicos se manifestaron ayer, 25 de enero, por las calles de Barcelona en el primer día de huelga para reclamar mejoras en sus condiciones laborales. La huelga se produce tras no alcanzar un acuerdo con la conselleria de Salud de la Generalitat en las tres reuniones de negociación previas al paro que ha encabezado el conseller de Salud. El viernes, 27 de enero, se han vuelto a citar para retomar las negociaciones una vez superadas las dos jornadas de huelga para encontrar una solución y con la convocatoria de paros parciales del sindicato de médicos prevista entre el 1 y el 3 de febrero en el horizonte. La protesta coincide con el segundo día de huelga para la educación.

Imagen de archivo de una movilización del colectivo médico en Barcelona en el 2023 

Alberto Paredes - Europa Press / Europa Press

El Departament de Treball de la Generalitat decrectó ayer los servicios mínimos para este viernes y la madrugada del sábado con motivo de la huelga de médicos que se alargará desde las 8 h del día 3 de octubre hasta las 8 h del día 4. La huelga afecta al personal facultativo laboral, al estatutario, al funcionario y al personal en formación especializada que presta sus servicios en la red pública SISCAT. Como dato más destacado, el servicio de urgencias en la primaria se llevará a cabo con el 25% de la plantilla.

Los servicios mínimos estipulan el normal funcionamiento del servicio de urgencias, tanto la atención de enfermos externos como la atención de los enfermos ingresados en las unidades de observación de urgencias, a criterio del médico encargado del enfermo; el normal funcionamiento de las unidades especiales: unidades de cuidados intensivos, coronarias, de hemodiálisis, neonatología, partos y tratamientos de radioterapia y quimioterapia, así como todas aquellas otras que puedan tener la consideración de unidades especiales de urgencia vital.

Radioterapia y quimioterapia

Asimismo, decretan que se deben garantizar los tratamientos de radioterapia y quimioterapia en situaciones urgentes y de necesidad vital y, en otras situaciones, a criterio del facultativo que atienda al enfermo.

También la actividad quirúrgica inaplazable derivada de la atención urgente y grave a criterio de la dirección médica, escuchado el jefe de servicio, tanto en lo que se refiere al preoperatorio como al postoperatorio. Además, todo enfermo, mientras esté ingresado, de le deberá respetar su derecho a ser atendido desde el punto de vista asistencial sanitario.

25% de la plantilla en las urgencias de la primaria

Asimismo, en los centros de asistencia extrahospitalaria y de asistencia primaria, se garantizará la asistencia urgente durante el horario habitual de cada centro de atención continuada y urgente (CUAP, PAC y PADES). Este servicio se prestará con un 25% de la plantilla, aunque cuando se garantice con un dispositivo asistencial unipersonal, deberá considerarse esta situación como mínimo y se prestará con la asistencia normal propia de los servicios especiales y ordinarios y otros dispositivos de atención continuada.

Respecto a los servicios farmacéuticos sanitarios, se mantendrán con el personal facultativo adecuado que preste servicios en los turnos de guardia y noche que estén establecidos.

Transporte sanitario

Además, el transporte sanitario deberá garantizar el servicio para atender todas las urgencias sanitarias de cualquier tipología y requerimiento, por tratamientos oncológicos, de diálisis y de oxigenoterapia. Igualmente, deberá garantizarse el servicio para la realización de pruebas que sean urgentes, a criterio del facultativo.

También deberá garantizarse el normal funcionamiento del servicio de coordinación de urgencias y los sistemas de emergencias médicas, en atención a las especiales características de la asistencia prestada.

Como un día festivo

El resto de servicios no contemplados en los apartados anteriores –concluye el Departament de Treball- funcionarán con el mismo régimen que en un día festivo, exceptuando aquellos centros donde la plantilla sea igual a la de los días laborables, en los que pasará a ser del 50% (en situación de número impar se redondeará el personal de servicio siempre por exceso).

Habrá un 50% del personal en los servicios de donación de sangre, tanto de los centros fijos como de los equipos móviles, del Banco de Sangre y Tejidos, mientras que el personal sanitario de los centros penitenciarios y centros educativos del Departamento de Justícia ofrecerán un servicio como el de un festivo.

Por último, en la atención telefónica, se deberán atender las comunicaciones que deban gestionarse sin demora.

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