El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de 25 años (12 años, 6 meses y 1 día por cada víctima) por los delitos continuados de agresión sexual de un hombre a sus dos nietas menores de edad.
El TSJ ha rechazado los argumentos iniciales de la defensa al considerar que no hubo vulneración de la presunción de inocencia, ya que los testimonios de las víctimas, junto con los informes psicológicos, han constituido prueba de cargo suficiente y eficaz.
También han rechazado los argumentos del condenado sobre supuestos errores en la valoración de la prueba y ha subrayado la credibilidad de los relatos de las menores, corroborados por periciales que acreditan el grave impacto psicológico (trastorno por estrés postraumático complejo) en ambas niñas.
Las menores habían declarado que, en varias ocasiones, su abuelo les ha sentado en su regazo, donde les ha metido la mano por debajo de su ropa interior, les ha tocado la zona genital y les ha introducido los dedos en la vagina.
Además, una de ellas ha indicado que, en otra ocasión, el acusado se acostó junto a ella, se bajó el pantalón y el calzoncillo y cogió la mano para ponerla sobre su zona genital y moverla de arriba abajo.
Según ha apuntado la sentencia, los abusos se produjeron entre los años 2011 y 2017, durante las estancias de las niñas en la vivienda de su abuelo, cuando las niñas tenían alrededor de 8 y 9 años hasta que cumplieron los 15, que dejaron de frecuentar la vivienda del agresor en Salamanca.
El tribunal ha destacado que el acusado se valió de la relación de confianza y vulnerabilidad derivada de su condición de abuelo.
Además de los 25 años de prisión, la sentencia también condena al hombre a la prohibición de aproximarse a las víctimas a menos de 250 metros de su domicilio o lugares que frecuenten, así como a indemnizarlas con 15.000 euros a cada una.



