El duelo por un ser querido es uno de los peores sentimientos que puede experimentar el ser humano a lo largo de su vida. Entre el proceso de aceptación y de dolor, aparece además una cuestión legal que puede convertirse en una carga difícil de sobrellevar. Sobre todo en esos momentos, conocer los derechos de los familiares ante la herencia y las gestiones necesarias es clave para facilitar el proceso.
Uno de los trámites más habituales tras una herencia es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En España sigue siendo uno de los tributos más polémicos para la ciudadanía, ya que heredar no siempre es un proceso sencillo, especialmente si el fallecido no realizó un testamento en vida.
A senior citizen signing a document.
Este impuesto consiste en pagar a Hacienda una cantidad de dinero por recibir una herencia. Este importe dependerá de lo que se herede, el parentesco con la persona fallecida y la comunidad autónoma donde se tribute. En algunas regiones, el pago es mucho más alto, por lo que hay muchas familias que se ven obligados a renunciar a la herencia por no poder afrontar el impuesto.
Laura Lobo, abogada especializada en familia y herencias, ha resuelto a través de sus redes sociales una de las dudas más frecuentes sobre este impuesto; ¿es posible pagarlo con el dinero que la persona fallecida tenía en el banco? La respuesta es sí; la ley española lo permite. Sin embargo, hay algunos factores que hay que tener en cuenta antes de iniciar cualquier trámite.
Lo que va a ocurrir es que se emite una orden al banco para que pague el impuesto directamente a la Agencia Tributaria
“La ley permite pagar el impuesto de sucesiones con el dinero que tenía la persona fallecida en el banco”, explica la experta. Según la Ley 29/1987, los herederos no pueden disponer libremente de ese dinero hasta que el impuesto esté liquidado, ya que por normativa el acceso a los fondos queda bloqueado. Por ello, los familiares no pueden retirarlo directamente para abonar la deuda y deben solicitar que sea el banco quien realice el pago a la Agencia Tributaria utilizando el dinero del fallecido. De esta manera, la entidad es quien ingresa el importe en nombre de la herencia.
“Lo que va a ocurrir es que se emite una orden al banco para que pague el impuesto directamente a la Agencia Tributaria.” En la práctica, la ley permite que se emita una orden al banco para que sea este quien pague el impuesto, y, para que se lleve a cabo, es necesario presentar una serie de documentos, como el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos.
De esta forma, la operación está controlada y supervisada, ya que el banco actúa como intermediario entre la herencia y Hacienda, garantizando que la deuda queda saldada. Una vez liquidado el impuesto, los herederos podrán acceder a los fondos y disponer de lo establecido según el reparto hereditario.
