Con el mes de abril comienza un episodio muy decisivo y relevante para millones de personas: se inicia la campaña de la declaración de la renta. Un año más, toca rendir cuentas con el fisco, ya sea por internet, con la ayuda telefónica de un funcionario o con la atención presencial en la red de oficinas de la Agencia Tributaria.
Si eres de las personas que ha cobrado el paro en 2024, es probable que te preguntes: “¿Tengo que hacer la declaración de la renta este año?”. La respuesta es simple y directa: no; sin embargo, existe una serie de matices que conviene conocer.
Prestación por desempleo
¿Las personas que hayan cobrado el paro deben presentar obligatoriamente la renta de 2024?
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha dejado sin efecto (por ahora) la exigencia de declarar el IRPF en el 2024, recogida en el artículo 299.1.k de la Ley General de la Seguridad Social desde su modificación por el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo.
En un primer momento el Gobierno aprobó la reforma del subsidio por desempleo, incluyendo la obligación para sus beneficiarios de hacer la declaración de la renta. Esta medida se iba a aplicar por primera vez en el 2025, pero al entrar en vigor el 1 de noviembre de 2024 (por lo que no existía durante la mayor parte del año), se ha decidido dejarla para más adelante.
De esta forma, las personas que hayan cobrado el paro en el 2024 no tienen que hacer obligatoriamente la declaración de la renta este año. Eso sí, la obligación llegará en el 2026: a partir de entonces, cuando percibas la prestación por desempleo, tendrás que presentar la renta, sin tener en cuenta tus ingresos.
¿Qué ciudadanos deben hacer la declaración de la renta?
Finalmente, conviene matizar un detalle: sí se tendrá que presentar la declaración de la renta (correspondiente al 2024), si se supera los siguientes límites generales del IRPF: si cobraste 15.876 euros de tu trabajo antes de dejarlo y otros 1.500 del SEPE; o si cobraste 15.876 euros del SEPE, para luego encontrar trabajo y superar los 1.500 euros de ingresos entre los demás pagadores.
Asimismo, también se tendrá que declarar cuando el SEPE haya sido tu único pagador y te haya abonado 22.000 euros o más durante el año pasado.