Las pensiones de viudedad han jugado y juegan un papel fundamental para evitar que muchas mujeres con carreras profesionales cortas o que prácticamente no trabajaron fuera del hogar caigan en situaciones de pobreza. Han sido y son determinantes para apuntalar este apartado del este aspecto del estado del bienestar. En esto no hay dudas, pero la pregunta que se plantea ahora es si, en la sociedad actual, tan distinta a la de la década de los sesenta cuando se creó esta pensión, sigue teniendo sentido. O más precisamente, si lo tiene tal como está formulada o les convendría una reforma.
La cuestión es si no es el momento de acometer cambios ahora que se ha evolucionado de aquel modelo de familia del siglo pasado, con el sueldo del hombre como único ingreso en muchos casos, a un mercado laboral al que se ha ido incorporando progresivamente la mujer, aunque la brecha de género ciertamente sigue ahí.
Por aportar un dato que ilustre esta evolución, actualmente la tasa de empleo de las mujeres en España sigue siendo inferior a la de los hombres, pero la diferencia se ha ido reduciendo hasta quedar en diez puntos porcentuales, una brecha similar a la media de los países de la UE. Y para tener la fotografia completa de las pensiones por viudedad, unas cuantas cifras: son más de 1,4 millones de mujeres las que las reciben actualmente, por solo 64.000 hombres. Son fundamentalmente las generaciones nacidas entre 1930 y 1950, que cobran una pensión media de viudedad de 936 euros mensuales, lo que supuso en octubre un total de 2.199 millones de euros, un 16% del total de los 13.675 millones destinados a las pensiones contributivas.
En 2019 el Gobierno planteó relacionar la pensión con la renta y tuvo que rectificar de inmediato
Vista esta evolución de la sociedad, en que el modelo de familia con un solo ingreso ya no es el mayoritario, la pregunta de si la pensión de la viudedad debe continuar siendo vitalicia y sin relación con el nivel de renta es tan oportuna como incómoda políticamente. Incómoda porque tocar las pensiones es una operación de alto riesgo. Y si no, que se lo pregunten al exsecretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, que en 2019 se atrevió a plantear una vinculación de estas pensiones a la renta de los beneficiarios. La respuesta le llego rápida y contundente de su ministra. “Opina en alto y a veces no se da cuenta de que forma parte de un Gobierno, pero luego tengo que ir yo aclarando algunas cuestiones”, dijo la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, garantizando que las pagas de las viudas no se tocaban.
Podemos añadir que actualmente el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social no tiene intención por el momento de entrar en este terreno resbaladizo, menos después del reciente patinazo con la propuesta inicial de las cuotas de los autónomos, que tuvo que rectificar a toda velocidad. Precisemos que la propuesta de los autónomos fue un patinazo puramente político, porque la propuesta venía acompañada de toda la lógica para avanzar hacia una cotización de los autónomos según los ingresos reales, tal como habían acordaron todos, gobierno, sindicatos y también patronal, en el 2022. Pero, el control de los tiempos es determinante en política.
Esta pensión es cosa de mujeres. La reciben 1,4 millones de viudas y solo 64.000 viudos
Volviendo de los autónomos a las viudas, que no sea fácil, no quita validez al debate sobre si conviene reformar esta pensión y como. En los últimos años, dos países europeos han realizado modificaciones y en direcciones contrarias. Por una parte, Finlandia limitó en el 2021 la duración del beneficio para el cónyuge sobreviviente nacido en 1975 o después, a diez años o hasta que el hijo más joven cumpla 18 años. Se añade que, en las parejas convivientes no casadas, el cónyuge sobreviviente recibe una pensión siempre que tengan al menos un hijo en común y se mantiene hasta que cumpla los 18 años. A cambio de esta limitación, se compensa aumentando los beneficios para los hijos que pierden a uno de sus padres, percibiendo la prestación hasta los 20 años, cuando antes era hasta los 18, y si la persona fallecida no tenía cónyuge, la pensión destinada al cónyuge pasa a los hijos.
En sentido contrario, Grecia aumentó en 2023 un 8% la pensión de viudedad para las personas que perdían un cónyuge con una carrera laboral de un mínimo de 15 años. Son datos recogidos en el "Pensions at a Glance 2023", de la OCDE y que muestran como el debate y las reformas, en uno u otro sentido, están en marcha.
Los expertos ven lógico limitar la duración de esta pensión pero introducida de manera progresiva
Es una línea que subrayan los expertos. “Considero que tiene sentido una reforma que limite la duración de la pensión de viudedad, pero su introducción debe ser progresiva para asegurar el ingreso de las generaciones caracterizadas por una baja tasa de empleo de la mujer”, explica Luisa Fuster, catedrática de Economía de la Universidad Carlos III. Recomienda también seguir cómo funciona el sistema de acotar temporalmente estas pensiones como están haciendo Finlandia y Suecia, para evaluar sus consecuencias y su potencial aplicación en España.
Una tesis parecida adelanta Elisa Chuliá, profesora de Sociología de la UNED e investigadora de Funcas. De entrada, fija un punto de partida: “Es lógico plantearse si mujeres que trabajan y perciben retribuciones deben cobrar además una pensión de viudedad independientemente de su edad y sus condiciones económicas”. Y a continuación, apunta posibles reformas: “En España la pensión es vitalicia, mientras quien la perciba no se case o constituya una pareja de hecho. En algunos países como Alemania o Francia se ha reformado estableciendo condiciones ligadas a la edad o a la capacidad de trabajar”.
La filosofía de esta temporalidad es la de ayudar a capear el golpe, cuando se produce la pérdida, facilitar la adaptación al cambio de circunstancias en el hogar, pero al cabo de un tiempo se deja de percibir siempre que se tengan ingresos suficientes por el trabajo.
La reforma se podría compensar con un aumento de la pensión de orfandad
Otro elemento con que se puede compensar un recorte temporal o en función de la renta de estas pensiones, es el de incrementar las de orfandad, que proporcionan una protección, pero solo hasta una edad determinada.. “Es lógico que las pensiones de orfandad no sean vitalicias. ¿Por qué habrían de serlo entonces, las de viudedad?”, pregunta la socióloga Elisa Chuliá.
Insisto, aunque siempre hablar de tocar las pensiones es una cuestión polémica, tanto por el papel crucial que tienen en el estado del bienestar, como por su elevada sensibilidad política, con unos pensionistas muy asiduos a las urnas, la pregunta sobre la reforma de la pensión de viudedad está aquí y, además, irá repitiéndose con más intensidad a medida que la sociedad siga avanzando y desmarcándose más y más de aquella en que la familia tenía un solo ingreso.
Yo me quedo con una reflexión del exsecretario de Estado, Octavio Granado, que ciertamente no le salvó de la rectificación pero que tiene sentido. Planteó que si un hombre gana más que su pareja y su pareja es mujer y esa persona muere, ¿es lógico que sigamos incrementando la renta de la persona que más recursos tiene de la familia?
