El magistrado del apagón sobresee el proceso al descartar una agresión informática y concluir que no existe infracción penal.

Tribunales

“No existe un mínimo indicio de que los hechos investigados traigan causa en un acto de sabotaje terrorista”, señala el magistrado en la resolución de sobreseimiento provisional

El apagón del pasado abril, que paralizó la actividad de miles de empresas catalanas, ha puesto en evidencia la falta de protocolos, apoyo institucional y medidas preventivas. Un informe reciente analiza el impacto económico y propone acciones concretas para que las pymes puedan responder mejor ante futuras emergencias eléctricas.

España sufrió un apagón el pasado 28 de abril

Las Claves

  • La Audiencia Nacional archivó la investigación sobre el apagón total ocurrido el pasado veintiocho de abril en España y Portugal.
  • El magistrado Luis Cal

Pasadas las doce del mediodía del lunes 28 de abril, España sufrió un corte total de energía. Los teléfonos, las televisiones, el transporte ferroviario... Cualquier dispositivo cesó su actividad. La ciudadanía española experimentó un día de oscuridad que los tribunales comenzaron a examinar a la mañana siguiente. El 29 de abril, la Audiencia Nacional inició una investigación preliminar con el fin de analizar los motivos de la súbita interrupción eléctrica, la cual perjudicó a toda la nación y a gran parte de Portugal.

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El magistrado responsable del caso, Luis Calama, ha emitido hoy una resolución judicial mediante la cual decreta el archivo temporal del proceso al estimar que no existió una agresión informática y, por lo tanto, no se cometió infracción penal tras el apagón que afectó a la nación.

“Entre las informaciones analizadas para extraer esas conclusiones se encontraban documentos e informes emitidos por Red Eléctrica como “operador del sistema eléctrico”, además del Centro Criptológico Nacional (CCN). Asimismo, la Comisaría General de Información efectuó el seguimiento de plataformas de comunicación ligadas al entorno del hacktivismo  internacional, con el propósito de detectar supuestas autorías públicas, determinando que las actuales no tenían sustento técnico ni evidencias, indica el magistrado en el decreto de archivo.

Funcionamiento de un hospital debido al apagón en la ciudad de Albacete, a 28 de abril de 2025, en Albacete, Castilla-La Mancha (España). Un apagón eléctrico ha asolado España, Portugal y parte de Francia a las 12.30h. de la mañana. Sin saber aún las causas concretas del apagón, poco a poco se recupera el suministro eléctrico en todas las regiones de la Península Ibérica. Algunas ciudades y municipios han estado más de 12 horas sin luz, y otras zonas aún no la han recuperado.

El apagón afectó a los hospitales

Víctor Fernández - Europa Press / Europa Press

El juez detalla asimismo que a los rastreos de origen se sumaron indagaciones adicionales con el fin de confirmar definitivamente que no hubo tal supuesto crimen terrorista. De este modo se obtuvo documentación del Centro Criptológico Nacional (CCN-CNI), del Mando Conjunto del Ciberespacio (MCCE), del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC), y de Red Eléctrica. Igualmente, el Gobierno estableció una comisión destinada a examinar los factores que se produjeron durante la emergencia energética del 28 de abril.

Sin embargo, tales indagaciones recientes “no ha aportado ningún dato o elemento que haga variar las conclusiones alcanzadas en el informe que se ponía en conocimiento la no identificación de acciones cibernéticas dañinas o evidencias relacionadas con un ciberataque y que no se observa ningún ciberataque de grupo de cibercrimen, actores estado o grupos terroristas contra las infraestructuras objeto de análisis”.

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Los establecimientos de comestibles afrontaron problemas de suministro durante el apagón generalizado, en Barcelona, 28 de abril de 2025.

Joan Mateu Parra / Shooting / Colaboradores

A partir de las indagaciones se infiere que la interrupción del suministro tuvo lugar porque “bien faltaron recursos de control de tensión, bien porque no estaban programados en suficiencia, bien porque los que estaban programados no la proporcionaban adecuadamente, o bien por una combinación de ambos”. Tras examinar los documentos obtenidos, la Audiencia Nacional desestima “de forma absoluta la existencia de indicios que permitan inferir que el origen de los hechos investigados se encuentre en una acción de terrorismo informático”.

Por consiguiente, Calama establece la suspensión temporal de los trámites relativos al apagón debido a que “no existe un mínimo indicio de que los hechos investigados traigan causa en un acto de sabotaje terrorista, hecho motivador de la presente investigación, y de la competencia objetiva de este órgano para llevarla a efecto. Llegados a este punto no se deben efectuar planteamientos hipotéticos, ni seguir indagando en orden a determinar la causa generadora de los hechos una vez descartado su carácter delictivo”, sostiene el magistrado.

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