Madrid

El TSJM anula una multa de una vivienda turística del Ayuntamiento por estar mal tipificada

Tribunales

Es una sanción de 30.001 euros por no tener la vivienda acceso independiente

Pisos Turisticos en Madrid

Pisos Turisticos en Madrid

Dani Duch / Propias

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado una multa de 30.001 euros impuesta por el Ayuntamiento de Madrid a una vivienda de uso turístico (VUT) por no tener acceso independiente, una sanción que, según los magistrados, el Consistorio no tipificó correctamente.

En una sentencia fechada el 28 de enero de 2026 y a la que ha tenido acceso Efe, el TSJM revoca un fallo anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid (que dio la razón al Ayuntamiento) y estima el recurso interpuesto contra la multa por la propietaria de la vivienda, que es una sociedad mercantil.

El Ayuntamiento aducía que la VUT había incurrido en una “infracción grave” según lo previsto en el artículo 204.3 b) de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, que castiga la implantación de usos incompatibles (en este caso, el de hospedaje y el residencial).

La postura de Almeida

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, aseguró este martes que la anulación de multas a pisos turísticos ilegales por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) certifica que la normativa aplicada por el equipo de Gobierno actual “es más restrictiva” que la que aprobada por el equipo de la exalcaldesa Manuela Carmena.
Así lo expresó en declaraciones desde el centro de Tiflotecnología de la ONCE en Vallecas, tras conocerse algunas anulaciones de estas multas. Las decisiones judiciales se basaron, por un lado, en que el Ayuntamiento quería aplicar la norma actual a situaciones que ocurrieron en 2018, cuando había una normativa menos gravosa. No obstante, la justicia también se ampara en un uso incorrecto de la ley del suelo para aplicar estas multas.
Preguntado por estas situaciones, el regidor explicó que estas decisiones judiciales suponen un “desmentido” al PSOE y a Más Madrid. “Si hubiéramos aplicado la normativa del año 2018 la sanción hubiera sido más baja, es lo que nos está diciendo el TSJM”, señaló.
“Me tendrá que explicar entonces el Partido Socialista y Más Madrid si de acuerdo a esa sentencia pueden seguir manteniendo que su normativa era mejor que la de este equipo de Gobierno para la proliferación de viviendas turísticas de uso ilegal”, vivienda. En esa línea acusó al Gobierno anterior de haber aprobado una normativa que “permitió que haya miles de viviendas turísticas de uso ilegal en Madrid”.

Sin embargo, el TSJM considera que la exigencia de un acceso independiente (recogida en la normativa urbanística municipal) no es “un elemento que defina la naturaleza del uso”, sino “una condición técnica para su desarrollo”.

“El hecho de que la edificación no disponga de acceso independiente lo que determinaría no es la incompatibilidad del uso sino (...) Un incumplimiento de las concretas condiciones de implantación del uso”, continúa el tribunal.

El TSJM concede que, en aplicación de su normativa municipal, el Ayuntamiento de Madrid podría negar el uso turístico de la vivienda o imponerle otro tipo de sanción administrativa, pero no la tipificada en el artículo 204.3 b) de la Ley del Suelo autonómica.

El abogado de la sociedad mercantil recurrente, Javier Flores, ha afirmado, que este fallo “abre la puerta a revisar cientos de sanciones” a pisos turísticos, pues asegura que “de forma sistemática” el Ayuntamiento ha estado poniendo multas que “se apoyan en el mismo encaje jurídico ahora rechazado”.

“No significa que todas las sanciones vayan a ser anuladas automáticamente, pero sí que la base jurídica utilizada de forma generalizada por el Ayuntamiento ha quedado seriamente cuestionada, y eso obliga a revisar muchos expedientes”, concluye.