Un vídeo cambia la condena: absuelto el pasajero condenado por agredir a un vigilante en un tren
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La Audiencia de Barcelona absuelve a un pasajero condenado por agredir a un vigilante en un tren durante la pandemia

Dos vigilantes de seguridad de Renfe reduciendo a un pasajero en Calella

La Audiencia Provincial de Barcelona ha absuelto a un pasajero que había sido condenado por un delito leve de lesiones tras un altercado con un vigilante de seguridad en un tren de la línea R1 de Renfe, a la altura de Calella (Maresme) durante la pandemia de covid-19. El tribunal considera que las pruebas no acreditan que el viajero iniciara la agresión y concluye que pudo actuar en defensa propia.
Los hechos se remontan al 17 de mayo de 2020, cuando el pasajero viajaba en un tren entre L’Hospitalet de Llobregat y Malgrat de Mar. Según la sentencia, el vigilante le recriminó que no llevara correctamente puesta la mascarilla, obligatoria en ese momento por las restricciones sanitarias. La discusión derivó en un enfrentamiento físico entre ambos.
En primera instancia, el Juzgado de Instrucción número 5 de Arenys de Mar condenó tanto al pasajero como al vigilante por un delito leve de lesiones, imponiéndoles una multa de dos meses con cuota diaria de seis euros. Además, el viajero debía indemnizar al vigilante con 315 euros por las lesiones sufridas.
Sin embargo, la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia del 12 de febrero de 2026, ha estimado el recurso presentado por la defensa del pasajero, asistida por el letrado Pablo Cebrián y ha revocado la condena.
Prueba testifical eliminada
El tribunal considera que la sentencia de primera instancia valoró de forma incorrecta la declaración de un testigo que había declarado durante la fase de instrucción. Según la Audiencia, esa declaración no podía utilizarse como prueba porque no fue reproducida ni leída en el juicio oral, requisito exigido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal para garantizar el derecho de defensa.
Al eliminar esa declaración del análisis probatorio, la Audiencia concluye que el único testimonio incriminatorio era el del propio vigilante, frente a la versión contradictoria del acusado, el testimonio de otro testigo y un vídeo de los hechos.

La sentencia destaca que en la grabación aportada al proceso se observa al vigilante golpeando en la cabeza al pasajero mientras este estaba sentado, antes de que este se levantara. Posteriormente, no se aprecian golpes sino forcejeos y sujeciones entre ambos.
Además, los informes médicos reflejan más lesiones en el pasajero que en el vigilante, lo que para el tribunal refuerza la versión de que el acusado reaccionó a una agresión previa.
Absolución definitiva
Ante este conjunto de pruebas, la Audiencia concluye que no queda acreditado que el pasajero agrediera al vigilante, más allá de intentar sujetarle los brazos mientras recibía golpes.
Por ello, el tribunal ha decidido revocar la condena y absolverlo del delito leve de lesiones, declarando además de oficio las costas de la apelación. La resolución es firme y no admite recurso.

