La Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso de una acusación particular contra el auto de la jueza que acordó su expulsión del procedimiento. Se trata de una abogada que insinuó, entre otras cosas, que el marido de la instructora, también magistrado, podía estar interfiriendo en la causa.
Los seis magistrados que componen la Sala de la Audiencia señalan en la resolución que la formulación de una pretensión con abuso de derecho “no significa necesariamente la expulsión del proceso de la parte acusadora particular, sino el rechazo de esa pretensión”.
La Audiencia explica que la extralimitación de una parte no determina necesariamente su expulsión del proceso
“Es cierto que la parte apelante formuló peticiones que no afectan al interés que defiende, pretendiendo personarse en una pieza de responsabilidad disciplinaria abierta al letrado de un investigado (…). Pero ni esto supone necesariamente que renuncia al ejercicio de la acción penal contra los posibles responsables, ni la consecuencia legal de esa extralimitación determina la expulsión del proceso”, añade la Audiencia.
Los magistrados matizan que si, en lo sucesivo, la misma parte demuestra con su actuación procesal que, “lejos de ejercitar realmente la acusación, se alinea con posiciones defensivas o busca objetivos espurios, ajenos al objeto de este proceso, la instructora pueda expulsarle del proceso fundadamente”.
De 33 autos de la Audiencia, 28 han supuesto la confirmación íntegra de las resoluciones dictadas por la instructora
El segundo auto confirma íntegramente el auto dictado por la jueza instructora el pasado 1 de septiembre, después de que la parte recurrente, el ex secretario autonómico de Emergencias investigado en la causa, haya desistido del recurso.
El tercer auto estima parcialmente el recurso formulado por una acusación particular, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, y acuerda que la magistrada acceda a la identificación de los agentes medioambientales que intervinieron en la dana el 29 de octubre de 2024.
Para el Tribunal, “parece evidente que, pudiendo ser la información que puedan ofrecer los agentes medioambientales relevante, su identificación se hace precisa a fin de poder ser citados, en su caso, como testigos”.
Rechaza en cambio la Sala en esta resolución otras diligencias propuestas por los apelantes, como el requerimiento de información sobre la celebración de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Júcar del 19 de diciembre de 2024, al no apreciar una relación con los hechos que se investigan.
Con las tres resoluciones notificadas este martes ascienden ya 33 los autos dictados desde el pasado mes de mayo por la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia -todos ellos suscritos por los seis magistrados que la integran- en los que se resuelven recursos de apelación en el marco de la causa penal de la Dana que instruye el Tribunal de Instancia de Catarroja.
De esos 33 autos, 28 han supuesto la confirmación íntegra de las resoluciones dictadas por la instructora (en un caso sin entrar en el fondo del asunto por el desistimiento del recurso del apelante), mientras que los otros cinco estimaron las apelaciones (en dos casos totalmente y en otros tres de forma parcial).

