Normativa

La recurrente duda de los conductores en verano: ¿me pueden multar por llevar chanclas si la normativa no especifica cómo debes ir calzado?

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Estampas como estas son habituales en verano, sobre todo en las zonas costeras 

Estampas como estas son habituales en verano, sobre todo en las zonas costeras 

“El dilema de todos los veranos: el uso de las chanclas en la conducción”. Así arranca el mensaje que ha lanzado la Guardia Civil en sus redes sociales para volver a poner sobre la mesa un clásico estival que nunca falla. ¿Se puede conducir con chancletas? ¿Es legal? ¿Te pueden multar? Son dudas que reaparecen cada año en verano cuando el calor invita a relajarse incluso al volante con prácticas que pueden parecer triviales, pero no siempre lo son.

Aunque el Reglamento General de Circulación (RGC) no especifica qué tipo de calzado deben llevar los conductores ni prohíbe expresamente ningún tipo de zapato, la normativa es clara en que la conducción debe realizarse sin que nada limite la libertad de movimientos. El Reglamento también hace referencia a que el automovilista debe mantener en todo momento el campo necesario de visión y la atención constante a la conducción para garantizar su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.

El verano es una época en la que solemos relajar nuestros hábitos 
El verano es una época en la que solemos relajar nuestros hábitos 

Estos principios están recogidos en los siguientes artículos del RGC:

  • Artículo 3.1. Hace referencia al modo de conducción, con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno.

  • Artículo 18.1. Hace referencia a la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción; y debe mantener la posición adecuada.

  • Artículo 17.1. Establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo.

La multa puede ser de hasta 80 euros, o 200 si se considera conducción temeraria

En base a estos tres artículos, la interpretación de la norma recae en que el conductor debe asegurarse de que su calzado no afecte su capacidad para manejar el vehículo con seguridad, pues en el caso contrario podría ser multado. Es lo mismo que ocurre, por ejemplo, cuando un conductor es sancionado por comer o beber mientras conduce, ya que estas acciones pueden distraer y afectar el control del vehículo.

Por lo tanto, aunque conducir con chanclas no esté contemplado implícitamente en el Reglamento General de Circulación, las autoridades pueden sancionar está práctica si consideran que el calzado elegido dificulta el manejo seguro del vehículo o pone en riesgo la seguridad vial.

Así lo remarcan los agentes de la Guardia Civil en el mencionado vídeo y recomiendan a los conductores que utilicen otro tipo de calzado. “El uso de las chanclas puede influir negativamente en la conducción y provocar un siniestro vial”, dice el miembro de la Benemérita. Entre otras cosas, la chancla se puede enganchar con el pedal, resbalar o dificultar el manejo del freno.

En 2024 se registraron más de 4.000 denuncias por calzado inapropiado al volante, especialmente en zonas costeras de Alicante, Málaga y Cádiz

La multa por conducir con chanclas puede alcanzar los 80 euros sin retirada de puntos, aunque en situaciones más graves podría elevarse hasta los 200 euros si se interpreta como conducción temeraria. Además, según informa Pyramid Consulting, en caso de accidente o control policial, esta forma de vestir puede convertirse en agravante si se considera que ha interferido en la capacidad de reacción del conductor.

Comer o beber al volante puede ser motivo de sanción si el agente considera que interfiere en la libertad de movimientos o en el control del vehículo 
Comer o beber al volante puede ser motivo de sanción si el agente considera que interfiere en la libertad de movimientos o en el control del vehículo Getty Images/iStockphoto

Desde este despacho jurídico especializado en tráfico aseguran que en 2024 se registraron más de 4.000 sanciones relacionadas con la falta de control del vehículo por calzado inapropiado. Alicante, Málaga y Cádiz, especialmente en sus zonas costeras, fueron los puntos con mayor número de conductores denunciados.

Así debe ser el calzado

Aunque no existe una norma que detalle exactamente cómo debe ser el calzado para conducir, el RACE publica en su página web una serie de recomendaciones prácticas para garantizar una conducción segura y cómoda. Según esta organización, el calzado ideal debería cumplir los siguientes requisitos:

  • Sujeción correcta. Debe sujetar bien el pie y adaptarse al contorno sin dejar holguras.

  • Flexibilidad. Tiene que ser flexible para no limitar la libertad de movimientos. Solo así los pedales responderán con precisión a las órdenes que se les transmiten desde la planta del pie.

  • Buen agarre. La suela no debe resbalar sobre los pedales. Cuanto más fina sea, mayor será la sensibilidad en situaciones de emergencia. Además, es importante evitar conducir con la suela mojada, ya que puede deslizar más fácilmente.

  • Comodidad. Debe ser un calzado ligero que permita movimientos ágiles. Si lleva cordones, deben estar bien atados y no ser demasiado largos para evitar que se enganchen.

  • Transpirabilidad. Especialmente en verano, es clave que el pie no sude en exceso. El calor puede generar incomodidad, estrés y falta de concentración al volante.

Redacción La Vanguardia

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