Conducir motos de gran cilindrada con el carnet A2: todo lo que debes saber sobre la limitación de potencia que te permite llevarlas legamente
Normativa
La mayoría de marcas ofrecen una amplia posibilidad de modelos ya limitados a 35 Kw para usuarios en transición hacia la licencia libre.

Algunos modelos de moto de gran cilindrada pueden limitar su potencia para conducirse con el carnet A2

La legislación europea -concretamente la Directiva 2006/126/CE y posterior reforma del 2017- permite la conducción de motos de gran cilindrada con la licencia A2 siempre y cuando estén limitadas a una potencia máxima de 35 kW -unos 47 CV- y se cumplan una serie de requisitos técnicos.
Más allá de la estricta norma, la elección de un modelo limitado de una máquina de gran cubicaje sigue generado algunas dudas que vamos a intentar resolver en estas líneas.
¿Se puede limitar cualquier moto?
Pues lo primero que hay que saber es que no todas las motos son limitables. La normativa es muy estricta al respecto: el modelo base sobre el que se llevará a cabo la limitación no debe superar los 70 kW -los 95 CV- de potencia original y tampoco la versión limitada puede superar el 50% de esa potencia original. Si una moto tiene -por ejemplo- 60 kW, el equivalente a 81 CV, se podrá limitar porque la mitad de esa potencia entra en los límites permitidos.

Pero si el modelo base tiene 80 kW-equiparables a unos 100 CV- ya no es limitable a 35 kW porque incluso rebajada a la mitad la potencia superaría los 47 CV exigidos.
Con esto, la ley trata de impedir es que una “Superbike” de 180 CV o similar pueda limitarse a 47 CV, pero manteniendo la entrega “explosiva” de dicha potencia.
¿Cómo se limita una moto a 35 kW?
Existen dos alternativas. La primera es solicitar en un concesionario oficial la instalación de un “kit de limitación”, que incluye sistemas mecánicos como el bloqueo del recorrido del acelerador o toberas de admisión de aire o combustible de menor tamaño. A esto se le añade la instalación de una unidad de control electrónica modificada (ECU) o un módulo adicional de reducción de la potencia. Es importante señalar que cada kit debe estar homologado para el modelo específico de la moto.
Una vez realizada la trasformación se emite el correspondiente certificado desde el taller oficial autorizado y a partir de ahí se puede solicitar nueva ficha técnica en la ITV.

La segunda alternativa, totalmente electrónica, es que venga hecha de fábrica. Hoy en día, en los modelos más modernos, las marcas homologan un determinado número de unidades para licencia A2, de modo que el propietario no tiene que preocuparse por nada.
¿El obligatorio volver a pasar la ITV con una moto limitada?
Si se trata de un modelo homologado desde fábrica no, puesto que esos 35kW son ya su potencia natural y esa es la que consta en su documentación. Pero si hablamos de una moto limitada a posteriori entonces sí es obligatorio pasar la ITV; siempre se debe acudir a la inspección con el certificado del servicio técnico, la ficha técnica y los papeles de homologación del kit. Tras ese trámite se modificará la nueva ficha técnica para que figure la potencia de 35 kW y, a partir de ese momento, la moto estará legalmente limitada.
¿Se puede deslimitar una moto limitada pasado el plazo legal?
La condición sine qua non para que una moto pueda deslimitarse es que la potencia original debe estar homologada en la ficha técnica.
Pasados dos años en posesión del A2, tras pasar un breve curso de formación y teniendo ya el carnet A, se puede deslimitar la moto. Sin embargo, es importante saber que no se puede hacer en todas las motos que salen de fábrica con potencia A2; solo en los modelos homologados exclusivamente para esa potencia, por lo que nunca podrán cambiarse a una mayor.

Prácticamente, todos los fabricantes disponen en su catálogo de modelos A2 deslimitables -además la operación suele ser gratuita y corre a cargo de la propia marca- y otros que no lo son. Así pues, es imprescindible informarse bien antes de adquirir la moto.
¿Cómo se deslimita una moto?
Obviamente, una moto se deslimita quitando el kit de limitación, retirando los topes físicos del acelerador, del cuerpo de admisión o del sistema de inyección y reprogramando la ECU para restaurar el mapa original de potencia.
Es un procedimiento relativamente sencillo, pero que debe ser realizado siempre por un concesionario porque no basta con desconectar un cable o quitar una pieza. Los kits vienen bloqueados o protegidos para evitar picarescas domésticas y requieren de utillaje y software profesional. Una vez realizada la operación y al igual que ocurría al revés, el servicio oficial debe emitir un certificado de desinstalación del limitador indicando que la moto vuelve a tener su configuración de potencia original y acudir a la ITV a actualizar la ficha técnica.
Conviene recordar, en cualquier caso, que no es obligatorio deslimitar una moto una vez obtenido el carnet A, es decir, se puede seguir conduciendo con el limitador con toda normalidad.