En el artículo “Juventud propone impedir la entrada de menores a las corridas de toros” (Sociedad, 27/I/2025) se da cuenta, a partir de una recomendación de la ONU, de la pretensión de Sira Rego, ministra de Juventud e Infancia, de ampliar la ley de Protección a la Infancia frente a la Violencia, incluyendo la prohibición de menores en los toros. Que “la prohibición, caso de que salga adelante, no tendrá efectos en Catalunya, en lo que a las corridas de toros se refiere, al no estar permitidas. Tampoco en Canarias” no es cierto.
En Canarias, la última corrida fue en 1984, su ley de Protección de los Animales fue aprobada en 1991 y fija como objetivo “regular la protección de los animales domésticos, en especial los de compañía”. ¿Aceptamos toro como animal de compañía?
En Catalunya la prohibición del Parlament en el 2010 fue derogada, ILP mediante, por el Tribunal Constitucional en el 2016. Desaparecidas o transformadas otras plazas, solo la Monumental de Barcelona podría abrirse al toreo. Pero de momento la voluntad empresarial es otra.
Paco March
Barcelona