La UCO frente al fiscal general del Estado

Juicio en el Tribunal Supremo

La segunda mitad del juicio a Álvaro García Ortiz girará en torno al borrado de su teléfono: protección de datos o eliminación de las pruebas

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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el juicio celebrado esta semana en el Supremo

MARISCAL / AFP

El Tribunal Supremo ha sacado ya en claro que no tiene la prueba directa de que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, revelase un correo confidencial del abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de Madrid. Para poder fijar una condena, la sala, compuesta por siete magistrados, deberá hallar indicios suficientes para determinar que el número uno de la Fiscalía efectivamente fue la persona que reveló el correo a la prensa aunque estuviese en manos de diversas e indeterminadas personas, ya que fue remitido a un correo genérico de la Fiscalía y a la Abogacía del Estado.

En la primera mitad del juicio, varios periodistas, que han declarado como testigos, han sostenido que ellos tenían el documento en cuestión –en el que el abogado ofrece un acuerdo de conformidad para que el novio de Isabel Díaz Ayuso no fuese a juicio a cambio de reconocer dos delitos fiscales y pagar una multa–. Sin embargo, doce agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil argumentarán esta semana su tesis de porqué, a su juicio, García Ortiz tuvo una “participación preeminente” en la filtración del correo.

Doce agentes ratificarán sus informes sobre la “participación preeminente” de García Ortiz

La tesis de los investigadores es que García Ortiz estuvo detrás de esta revelación, en base a que borró todos los mensajes y correos electrónicos relacionados con el asunto tras saber que el Tribunal Supremo había decidido investigarle y cambió de terminal telefónico. El fiscal general siempre ha defendido que lo hizo en base a un protocolo de protección de datos.

Al no existir prueba directa, el tribunal debe basarse en indicios y si estos son lo suficientemente sólidos para que con la suma de varios se pueda determinar la autoría del delito. A lo largo de la instrucción, la UCO ha elaborado varios informes que deberán ser ratificados esta semana en el juicio. En uno de ellos aseveraban que el fiscal general fue quien ordenó que el fiscal que investigaba a González Amador, Julián Salto, le facilitase, vía fiscal jefa de Madrid, todos los correos electrónicos que se intercambió con su abogado y en los que éste buscaba un acuerdo de conformidad.

Quién es quién y dónde se sientan los protagonistas del juicio a García Ortiz

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LV

La UCO mantiene que desde que García Ortiz tuvo acceso a toda la cadena de correos electrónicos entre el fiscal y el abogado hasta que esa información se filtró a una radio solo pasaron dos horas. En el informe se recogen las llamadas y mensajes enviados desde varios miembros de la carrera fiscal sobre cómo frenar las noticias que entendían falsas y manipuladas del diario El Mundo. Todo lo que aparece son los contactos para elaborar la nota de prensa, que se publicó al día siguiente. Desde el inicio, García Ortiz ha reconocido que ordenó y autorizó su distribución por canales oficiales de comunicación.

Los agentes dirán, por tanto, que García Ortiz tuvo acceso a ese correo poco antes de ser publicado en la cadena Ser en la noche del 13 de marzo del 2024. También explicarán la existencia de una llamada de un periodista de esta radio ese mismo día, minutos después de que El Mundo, publicara el contenido de otro correo, y que supuso el revulsivo para contar un mail anterior y así desmentir que fuera la Fiscalía quien ofreció el pacto, sino que esa oferta vino del letrado. García Ortiz ha defendido que no habló con ese periodista.

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Entre la docena de agentes que declaran la semana que viene en el Supremo, estarán quienes analizaron su teléfono móvil. En su atestado, explicaron que “no se han encontrado mensajes anteriores al 16 de octubre en la aplicación Whatsapp del dispositivo”. Esa falta de mensajes se debería, según la UCO, “fundamentalmente al vaciado o borrado intencionado de todos los mensajes contenidos en las distintas conversaciones, siendo realizada esta acción hasta en dos ocasiones el indicado día 16 de octubre” del 2024. Ese día que recoge el atestado coincide con la decisión del Supremo de abrir una causa contra García Ortiz por un presunto delito de revelación de secretos.

Hasta ese momento, existía una investigación abierta en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tras una denuncia del Colegio de Abogados de Madrid y después de González Amador. La denuncia inicial iba contra la Fiscalía por haber publicado el 14 de marzo de ese año una nota de prensa divulgando datos sobre un cruce de conversaciones vía mail entre el abogado del empresario y el fiscal Julián Salto.

El tribunal debe valorar si el borrado de mensajes y correos por parte del fiscal son prueba suficientes

El objetivo de la nota de prensa era desmentir ciertas informaciones periodísticas y acusaciones vertidas a través de redes sociales por parte del jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez. Apuntaban a que la Fiscalía había pretendido buscar un pacto de conformidad, cuando fue al revés- pero que tras hacerse público que el denunciante era el novio de la presidenta hubo “órdenes de arriba” –en referencia al fiscal general por indicaciones del Gobierno- para frenar el acuerdo y hacer daño políticamente a la líder ‘popular’–. Cuando el TSJM envió la causa al Supremo, éste abrió causa contra García por la filtración de un correo la noche del día 13, pero no por la nota de prensa del día 14 bajo el argumento de que no puede haber revelación si ya estaba todo revelado. Igualmente, Hurtado mantuvo la nota en la instrucción y en el juicio se ha preguntado por ella.

Esta semana, el tribunal escuchará el análisis de los dispositivos de García, tras la autorización de Hurtado de registrar su despacho y hacer una copia de sus dispositivos. Inicialmente autorizó el análisis de siete meses de comunicaciones aunque después lo limitó a una semana. Esta es una de las batallas de la defensa para intentar declarar nulo el proceso por desproporción de la medida.

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