Tras rechazar ayer las objeciones del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) a la ley de Amnistía, el pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado este viernes por pérdida sobrevenida de objeto cuatro recursos de inconstitucionalidad planteados por gobiernos autonómicos del PP a la norma de olvido penal.
El ógarno de garantías reconoce que el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma de la Región de Murcia, el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma de Andalucía, el Consell de la Generalitat Valenciana y la Junta de Castilla y León tienen legitimación activa para impugnar la ley de Amnistía.
Sin embargo, desestima los cuatro recursos en aplicación de la doctrina establecida en la sentencia de junio del propio TC, que avaló la ley orgánica y a la que se remite, ya que las alegaciones de inconstitucionalidad formuladas por estos ejecutivos autonómicos son básicamente coincidentes con las resueltas en la citada sentencia.
Las sentencias cuentan con los votos particulares de los magistrados del sector conservador Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.
