Declarado inocente de estafar medio millón de euros a un empresario por ocupar ilegalmente un aparthotel en Cala Bona

Proceso judicial

Seis años de prisión era lo que reclamaban la acusación particular y la Fiscalia para Deyà

Imagen aérea de Cala Bona

Imagen aérea de Cala Bona 

Cala Millor

La Audiencia Provincial de Palma ha declarado inocente a Miquel Deyà Ripoll, padre del administrador del aparthotel de Cala Bona ocupado ilegalmente, de haber estafado medio millón de euros a un empresario y amigo durante varios años. Tanto la Fiscalía como la acusación particular habían solicitado una pena de seis años de prisión para el acusado, cuya defensa fue asumida por José Ignacio 'Chiqui' Herrero, tal como explica el diario Última Hora.

En el juicio, que se celebró el 22 de enero, el acusado, quien fue el último en declarar, negó haber cometido el delito. “La mayor parte de la deuda me la perdonó verbalmente, no hicimos ningún documento, después de que no se llegara a un acuerdo en la mediación para la explotación de un hotel. Él no cumplió lo acordado en ese aspecto. Solo reconozco que le debo unos 119.000 euros, que estaba dispuesto a pagarle si no hubiera interpuesto la demanda en 2016. Fue él quien decidió llevar este asunto a juicio, y aquí estamos”, explicó.

El juicio se celebró el 22 de enero y el acusado fue el último en declarar

El tribunal señala en su fallo que “la falta de precisión sobre el momento en que surgió la deuda y la supuesta intención delictiva impide que se pueda analizar adecuadamente el material probatorio”. La Fiscalía estableció que la estafa ocurrió entre 1998 y 2014, mientras que la acusación particular la situó “a lo largo de los años” y luego entre 2010 y 2013. La sentencia también destaca que la única persona que podría haber desmentido la versión del acusado era la víctima, pero esta no pudo declarar debido a su edad, ya que no recordaba nada.

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En cambio, sí testificó el yerno del demandante, quien desde 2014 es director general de la empresa. Este relató que poco después de asumir su cargo descubrió una gran cantidad de pagarés impagos por parte de Deyà. Las magistradas reconocen, sin lugar a dudas, que existieron relaciones comerciales entre ambas partes a lo largo del tiempo y con sumas considerables, pero subrayan que no se ha demostrado que los pagarés guardados en un cajón por el demandante “fuesen parte de una deuda real”.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida al Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.

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