Un funcionario de la cárcel de Palma de Mallorca ha sido sancionado por no llevar a cabo las funciones de vigilancia que debía hacer durante las guardias nocturnas en el centro penitenciario. Así lo ha decidido el Ministerio de Interior, a través de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, tras demostrarse que el hombre dormía durante las guardias. Así se desprende de la información publicada por el Diario de Mallorca.
El trabajadora estaba destinado en el control de accesos y en la centralita telefónica. Sin embargo, durante las noches, se acomodaba en un colchón y dormía tapándose con una manta para no tener frío. Para que su ausencia del puesto de trabajo pasase desapercibida, el hombre apagaba las luces de la habitación.
Sin embargo, durante la noche del 26 de mayo de 2021, el trabajador fue sorprendido por el director de la cárcel sobre las 23 horas, que lo encontró durmiendo en el colchón. El director le llamó la atención y le exigió que se incorporara al trabajo, ya que no podía ser que ese puesto estuviera sin vigilancia. Fue entonces cuando, según asegura el citado medio, el hombre no hizo caso a estas órdenes y volvió a dormirse.
Según la sentencia
El funcionario no cumplió con las obligaciones de su trabajo y que mostró una total “negligencia y desinterés”
Sobre la una de la madrugada del mismo día, el jefe de servicios, encargado de la zona de control, volvió a la habitación del funcionario y descubrió que no había retirado el colchón ni la manta. Fue entonces cuando se le abrió un expediente disciplinario por una falta de desobediencia a una orden dictada por el superior jerárquico y otra por falta de rendimiento.
Al funcionario se le impuso una sanción de un mes de empleo y sueldo, que se ejecutó casi de inmediato. Descontento con la sanción, el trabajador la recurrió y demandó al Ministerio de Interior. Un tribunal de Madrid ha tomado las riendas del caso y ha anulado la sanción que alegó el trabajador de la cárcel debido a que, durante el interrogatorio del hombre, no pudo contar con asistencia letrada, ya que su abogada no pudo asistir.
Sin embargo, el tribunal ha concluido que el funcionario es merecedor de una sanción disciplinaria por dormir durante su horario de vigilancia en un centro penitenciario. Han considerado que su forma de actuar puso en peligro el funcionamiento de los servicios públicos.
La sentencia relata que en que el funcionario no cumplió con las obligaciones de su trabajo y que mostró una total “negligencia y desinterés”. Insisten en que esta conducta da “una imagen perjudicial para la administración e incluso para los restantes compañeros”. Sobre la ausencia de la abogada del trabajador, el tribunal finalmente ha entendido que no es razón suficiente para anular la sanción disciplinaria.


