Condenado a 15 años de cárcel por asesinar a su abuela estrangulándola en su casa de Sant Gregori

Gironès

El procesado reconoce los hechos y evita el juicio con jurado popular

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De espaldas, el hombre condenado por matar a su abuela en Sant Gregori

Marina López / ACN

La Audiencia de Girona ha condenado a 15 años de prisión al acusado de matar a su abuela de 90 años estrangulándola en su casa en Sant Gregori (Gironès) el 23 de junio de 2022. El procesado, que se enfrentaba a una pena de 23 años de prisión, ha reconocido los hechos y ha evitado el juicio con jurado popular, que estaba previsto que comenzara el próximo lunes. En la sala de vistas de la sección tercera, ha admitido que sobre las 9:30 de la mañana fue a casa de sus abuelos maternos y, una vez en el domicilio, empezó a discutir con la anciana. Durante la pelea, la “agarró por el cuello y presionó hasta provocarle la muerte por asfixia mecánica”. Ha sido condenado como autor de un delito de asesinato con el agravante de parentesco y la atenuante de alteración mental.

Como el acusado ha reconocido los hechos, la fiscalía y la defensa, encabezada por el letrado Pere López de Coca, han llegado a un acuerdo que se ha concretado en una reducción de la condena. Inicialmente, la fiscal solicitaba 23 años de prisión. De acuerdo con la conformidad, el presidente del tribunal de la sección tercera lo ha condenado verbalmente como autor de un delito de asesinato con alevosía, con el agravante de parentesco y la atenuante de alteración mental, y le ha impuesto 15 años de prisión.

Una vez cumplida la pena, no podrá acercarse ni comunicarse con la familia durante 25 años

Una vez cumplida la pena, estará nueve años en libertad vigilada. Además, no podrá acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con la familia durante 25 años. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a los herederos de la víctima con 140.000 euros.

El acusado ha suscrito el escrito de acusación. Así, ha reconocido que, hacia las 9:30 horas de la mañana del 23 de junio de 2022, fue en un vehículo al domicilio familiar de Sant Gregori. Allí vivían sus abuelos maternos. El procesado “tenía la entrada prohibida” a la casa por los constantes conflictos que tenía con la familia. Según recogía la fiscalía, esto había generado una “situación de angustia e inseguridad”, sobre todo en la abuela, que “tenía miedo” del acusado.

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En ese momento, en la casa solo estaban la víctima y el abuelo del procesado, que estaba enfermo y no tenía movilidad. Una vez dentro del domicilio, y “por motivos que se desconocen”, el condenado empezó a discutir con la anciana. Durante la pelea, la llevó hasta un baño de la planta baja, una estancia de “dimensiones reducidas”.

Allí, “la agarró por el cuello y presionó hasta provocarle la muerte por asfixia mecánica”. Al matar a su abuela, se aprovechó de la desproporción física entre ambos, de la diferencia de edad porque la mujer tenía 90 años y él 38, y la estranguló cuando no tenía ninguna posibilidad de defenderse o huir porque le impedía el paso hacia la única puerta de salida del baño.

Empezó a discutir con la anciana, “la agarró por el cuello y presionó hasta provocarle la muerte por asfixia mecánica”

Según trascendió en el momento de los hechos, fue otro nieto de la víctima quien encontró el cuerpo de la anciana, avisó a los servicios de emergencias y los sanitarios certificaron su defunción. La mujer no presentaba signos evidentes de violencia. Poco después, sin embargo, un aviso desde el hospital Santa Caterina de Salt (Gironès) hizo saltar las alarmas. El acusado había ingresado en el centro, diciendo que no se encontraba bien y que se había peleado con su abuela. La autopsia confirmó la muerte violenta de la víctima y los Mossos d’Esquadra detuvieron al nieto el día 27 de junio, cuando recibió el alta hospitalaria.

En el momento de perpetrar el crimen, el acusado padecía un trastorno de personalidad de elevada complejidad que afectaba su capacidad volitiva por “una tendencia al paranoicismo, rigidez de pensamiento y baja tolerancia a la frustración”. Por ello, se le ha apreciado la atenuante de alteración mental. La fiscal y la defensa han renunciado a recurrir la sentencia, que ya es firme.

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