Condenan a un hombre a 15 años de cárcel por asfixiar a su pareja en un hotel de Salou

Violencia machista

El condenado asesinó a su pareja en 2023 asfixiándola con el cable de una plancha para el pelo

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El condenado deberá indemnizar también con 270.000 euros a los familiares de la víctima

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La Audiencia Provincial de Tarragona ha condenado a 15 años de cárcel a un hombre que asesinó a su pareja sentimental en un hotel de Salou, en Tarragona. Los hechos ocurrieron el 2 de julio de 2023. El ahora condenado asfixió a la víctima con el cable de una plancha para el pelo. Ahora, además de la condena de prisión, el hombre deberá indemnizar también con 270.000 euros a los familiares de la víctima.

La sentencia, dictada por la Sección Segunda y a la que ha tenido acceso EFE, considera probado que el condenado estranguló a la mujer, de 36 años, y le provocó la muerte por asfixia. Ha quedado condenado por un delito de asesinato con el agravante de parentesco y el atenuante de consumo de alcohol y drogas.

La magistrada señala que el acusado actuó con alevosía y remarca que la víctima estaba en una situación vulnerable debido a que había consumido sustancias estupefacientes. Los agravantes de discriminación de género y abuso de confianza han sido descartados.

La sentencia

El acusado ha recibido la pena máxima de cárcel, de 15 años

La pareja, de nacionalidad irlandesa, estaba de vacaciones en Salou y, según el fiscal, durante su estancia empezaron una discusión. La mujer era madre de un hijo de 14 años.

La jueza sostiene que no está acreditado que el acusado cometiera el crimen por el hecho de que la víctima fuera mujer. Tampoco se ha comprobado, a partir del análisis de los mensajes entre la pareja, que existiera una relación de control, celos o dominación por parte del acusado.

Asimismo, no ha aplicado el agravante de abuso de confianza al considerar que el crimen se debió a factores como el estado físico de la víctima y la situación de intimidad en la que se produjo el ataque, y no a una posible traición basada en la relación sentimental que mantenían.

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La sentencia señala que el condenado tenía sus facultades “moderadamente afectadas” por el consumo de alcohol y drogas en el momento de los hechos. Por este motivo, se le ha aplicado un un atenuante, aunque la gravedad del crimen le ha llevado a imponer la pena máxima de 15 años.

Además de su ingreso en prisión, el condenado no podrá acercarse a menos de 1.000 metros ni comunicarse con los familiares de la víctima durante un periodo de 25 años. Y, en concepto de responsabilidad civil, deberá abonar un total de 270.000 euros: 150.000 euros al hijo de la víctima, 80.000 a su madre y 20.000 a cada uno de sus hermanos.

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