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Una familia deberá indemnizar con 7.000 euros a su empleada del hogar porque no fue a trabajar para operarse de apendicitis

En Bilbao

La mujer, nacida en Guatemala, trabajó sin los papeles en regla desde diciembre de 2022 hasta octubre de 2024

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Una mujer mayor en silla de ruedas y su cuidadora

JESÚS HELLÍN / EUROPA PRESS / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha condenado a una familia a indemnizar con 7.000 euros a su empleada del hogar —mujer, nacida en Guatemala—, después de que fuera despedida tras ausentarse del trabajo para someterse a una operación de apendicitis. 

La trabajadora, que carecía de permiso de residencia y trabajo en España, se desempeñaba como interna en el domicilio de sus empleadores desde diciembre de 2022 hasta octubre de 2024, sin estar dada de alta en la Seguridad Social. 

Su despido se produjo pocos días después de ser intervenida quirúrgicamente

Según consta en la sentencia, la empleadora comunicó el cese mediante un mensaje de WhatsApp en el que afirmaba no poder “tener a su madre dando vueltas” ni “esperar más”, justificando así la finalización del contrato. 

La trabajadora explicó que “lo siente”, pero que había enfermado y “tuvo que ser operada”. Sin embargo, la empleadora zanjó la conversación alegando que “no podía hacer más” y que “esa era la única solución”.

Una mujer trabajando de cuidadora social

Europa Press / Europa Press

La mujer decidió acudir a los tribunales, representada por el sindicato de trabajadoras del hogar de Bizkaia, que denunció la precariedad del empleo doméstico en régimen interno y la falta de protección legal en estos casos.

El Juzgado de lo Social número 12 de Bilbao estimó parcialmente la demanda, declarando el despido nulo y ordenando el pago de 2.751,12 euros de indemnización más 5.655 euros en concepto de salarios de tramitación.

La indemnización se hasta los 7.000 euros solicitados

Sin embargo, en primera instancia se rechazó la petición de una compensación adicional por daño moral. La empleada recurrió al TSJPV, que finalmente reconoció la vulneración del derecho fundamental a la integridad física y moral, al haber sido despedida “por una causa directamente vinculada con su estado de salud”, y elevó la indemnización hasta los 7.000 euros solicitados

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La sentencia, a la que ha tenido acceso Diario Sur, incluye un voto particular de una de las magistradas, que discrepó con la cuantía fijada por la mayoría. 

Según explicó, “la relación laboral en el hogar tiene sus particularidades” y la cifra resultaba “desproporcionada”, dado que la empleadora no era una empresa, sino “una persona particular que contrató a la actora para cuidar a su madre anciana”.