Aceite de nueces, aguacate, cáñamo o avellanas: ahora ‘made in Spain’
Nuevos alimentos
En España ya se pueden elaborar variedades vegetales nuevas para consumo humano. Hasta la fecha solo había ocho permitidas, nueve si se cuenta el de oliva
El aceite de aguacate es uno de los que aparece específicamente mencionado en la nueva norma
Desde el pasado sábado, ya es legal en España elaborar aceites vegetales para el consumo humano con frutos o semillas oleaginosas más allá de las ocho –nueve, si se tiene en cuenta el aceite de oliva– que ya estaban permitidas: soja, girasol, cacahuete, algodón, germen de maíz, colza, cártamo y pepita de uva.
Ahora ya será posible producir aceites de salvado de arroz, de sésamo o ajonjolí, de lino, de mostaza, de cáñamo (siempre que no supere los límites de tetrahidrocannabinol establecidos por la UE), de almendra, de avellana, de nuez, de pistacho y de aguacate, entre otros. De hecho, la nueva norma permite la producción en España de aceites elaborados a partir de cualquier fruto o semilla autorizada para uso alimentario en la UE, por lo que también será legal elaborar aceite de coco o de pipas de calabaza, argán o camelia, aunque no estén expresamente recogidos en el nuevo reglamento.
Las menciones virgen y virgen extra solo podrán usarse en los envases de aceite de oliva sin refinado químico
Esto es lo que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 30 de abril y que el sábado apareció publicado en el BOE. Se trata de la primera reforma en 40 años de la reglamentación técnico-sanitaria sobre estas grasas comestibles, en vigor desde 1983.
En España, hasta ahora, era legal la comercialización de estos aceites si provenían de países de la UE o de otros que cumplieran los requisitos de la UE, pero no su elaboración. Esto generaba una clara desventaja competitiva para la industria española frente a productos elaborados en otros países.
El nuevo reglamento también introduce la posibilidad de obtener cualquiera de estos aceites mediante procedimientos mecánicos, a través de la presión de las semillas o frutos oleaginosos, que pueden ser purificados exclusivamente por lavado, sedimentación, filtración o centrifugación. Es el método que hasta ahora se utilizaba y se reservaba exclusivamente para el aceite de oliva virgen y extra virgen, y que no estaba permitido en el resto de aceites vegetales. Este método de obtención conserva mejor el aroma y sabor natural del fruto o semilla.
De todos modos, los apelativos virgen y extra virgen en los envases solo podrán seguir usándose en el aceite de oliva, y el resto de aceites vegetales, obtenidos por este método, deberán referirse a aceites de presión. Los aceites que hayan sufrido un proceso de refinación consistente en la separación de impurezas y componentes indeseables, ya sea por neutralización química, desgomado, separación de ácidos grasos libres por destilación, decoloración con adsorbentes autorizados, desodorización y winterización para la eliminación de ceras, deberán comercializarse con la indicación de aceites refinados. En los envases.
Además en el etiquetado, cualquiera de estos aceites también deberá indicar la materia prima del que está hecho, se podrán mezclar entre ellos, excepto con aceite de oliva, y en los envases deberá indicarse la proporción de cada uno y si alguno de los componentes ha sido refinado.