Todo es hiperbólico en estas fechas en Vigo, con una campaña de Navidad más ambiciosa que en años anteriores. Habrá doce millones de luces decorativas, que se encenderán el próximo día 15, además de un árbol gigante en la Porta do Sol. Tampoco ha sido comedido el alcalde, Abel Caballero, que ha invitado “a toda España, a toda Europa, a todo este planeta”. Una vecina, sin embargo, no se siente aludida. Y la justicia le da la razón.
Se trata de una señora que reside en la calle Colón, en un área marcada por la plaza de Compostela, la Porta do Sol y la rúa Areal, en una zona, dicen los tribunales, “se ubican los principales focos de ruido al estar presentes numerosas atracciones, entre ellas, una noria, así como un mercadillo navideño. Esta mujer apeló al Tribunal Superior de Xustiza (TSXG), que le concedió una indemnización de 600 euros.
Vigo inicia la instalación de las luces de Navidad en julio
Los hechos se remontan a la campaña del 2023-2024, cuando la apelante consiguió, además de esa compensación económica, que el Ayuntamiento se comprometiera a realizar “actuaciones tendentes a garantizar que los niveles de ruidos no rebasen los permitidos en su zona”. Pero llegaron las fiestas del 2024-2025 y la vecina revivió su particular pesadilla del Grinch, por lo que este año volvió a pedir amparo ante un Juzgado Contencioso.
La magistrada entendió que no había nada que hacer porque los 600 euros ya se habían pagado y la sentencia, por lo tanto, ya había sido ejecutada, a pesar de nuevos excesos de decibelios. La apelante y apeló a la instancia superior “por la vulneración de su derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio”. El máximo organismo judicial de Galicia recuerda que en su día ya se consideró que “los ruidos eran continuados”.
El ruido exterior es muy intenso y continuo”
La sentencia original, recuerda el Tribunal Superior de Xustiza, no se agotaba con el pago de la indemnización, sino que establecía que “se realizaran las actuaciones necesarias para garantizar que no se rebasaran los niveles de ruido permitidos en la zona donde reside la apelante”. Este mandato, agregan los magistrados, “era permanente y no quedaba ceñido a la campaña navideña del 2023-2024”. Por lo tanto, sigue vigente.
Ello obligará a que “los niveles de ruido no rebasen los umbrales fijados”. Hay discrepancias, en función de las interpretaciones del real decreto y las ordenanzas municipales sobre el particular, sobre cuáles son esos umbrales, en función de las horas: si entre 55 y 65 dB o si entre 45 y 55 dB (o decibelios, decibelio, la unidad que se usa para medir la intensidad del sonido o la potencia e intensidad de una señal).
El centro de Vigo, en el 2022
En cualquier caso, sostiene la última sentencia que se ha pronunciado sobre el particular y contra la que cabe recurso, “cualquiera que fuera la metodología aplicada, los niveles de ruido sobrepasaban con creces y de forma regular los niveles de ruido establecidos y permitidos reglamentariamente”. El pago de la indemnización, por lo tanto, no puso punto final a esta historia y los controles acústicos deberán seguir realizándose.
Hay lapsus linguae y erratas que son joyas. Más de una sentencia se ha referido al órgano de gobierno de la magistratura como el Consejo General del Joder Judicial. También la resolución del TSXG sobre este caso tiene un baile de letras que resulta significativo, cuando reconoce que el ruido era excesivo tanto en periodos de alta como de baja afluencia de visitantes. Eso es lo que quería decir, pero en realidad dice: “Periodos de lata”.
