“¿Por qué un joven de 16 años puede trabajar y no puede votar? ¿Por qué a los 16 años puede emanciparse pero no puede abrir una cuenta corriente?” Estas son algunas de las preguntas que la Síndica de Greuges, Esther Giménez-Salinas, se formuló durante la presentación, este martes, del informe 2024 de la institución sobre la situación de la infancia en Catalunya, que denuncia que el edadismo, es decir, la discriminación por motivos de edad, afecta a los niños porque limita sus derechos y oportunidades.
El documento destaca en especial las incongruencias entre lo que la normativa permite, prohíbe o fomenta según las diferentes edades y ámbitos de la vida, y menciona algunas, como, por ejemplo, la edad de responsabilidad penal según la Ley del menor (14 años), en comparación con la edad en la que los progenitores deben autorizar determinados actos, como ir a un concierto, o la edad en la que se puede trabajar y contribuir activamente a la sociedad (16 años), en comparación con la edad de participación política plena (18 años). “Cuando una persona quiere defender ciertas cosas, la capacidad de votar es muy importante”, destacó Giménez-Salinas en una de sus intervenciones.
¿Por qué un joven de 16 años puede trabajar y no puede votar?”
Frente a esta realidad, la institución del Síndic de Greuges plantea reformas normativas y políticas concretas, como por ejemplo, establecer una primera mayoría de edad a los 16 años, reconociendo progresivamente la autonomía y la capacidad de participación de los adolescentes; alargar la edad de escolarización obligatoria, pasando de los 16 años actuales a los 18; y ofrecer un tratamiento específico a niños y adolescentes en ámbitos como la salud, la vivienda y las sanciones.
Respecto a alargar la edad de escolarización obligatoria, se dio un desacuerdo simpático entre la síndica y su adjunta de infancia, Aida C. Rodríguez, durante la presentación del informe. Mientras la primera no le ve demasiado sentido subirla cuando la misma institución defiende rebajar la mayoría de edad de los 18 a los 16 -bajo el argumento de que a los 16 años los jóvenes están totalmente capacitados para, por ejemplo, votar-, la segunda defiende que mejoraría el abandono escolar que se da en esas edades, como ha sucedido por ejemplo en Portugal.
No hubo discrepancias, no obstante, en el hecho de situar la mayoría de edad a los 16 años y que los adolescentes continúen siendo inimputables hasta los 14. En este sentido, la síndica sacó a relucir el ejemplo de Austria, que ha rebajado la edad permitida para votar (de los 18 a los 16 años) sin modificar la edad a partir de la cual un joven es imputable. Es decir, el menor continúa siendo inimputable hasta los 14 años, y de los 14 a los 17, en caso de cometer un delito, se le aplica la ley de menores, que implica un procedimiento judicial distinto a los adultos y medidas de carácter educativo y de reinserción social. “Creo que tiene sentido dejarlo como está, en los 14”, esgrimió la síndica.
Giménez-Salinas explicó que, “formalmente”, no han hablado con sindicaturas (defensores) de otras comunidades respecto a la idea de bajar la edad de mayoría de edad, aunque añadió que han enviado el informe a todas ellas, también al Defensor del Pueblo. “Es a partir de la realización de este tipo de informes cuando otras instituciones pueden querer sumarse a algunas de las propuestas que estos plantean”, matizó.
El informe también plantea incorporar la perspectiva de la edad en todas las políticas públicas para asegurar un tratamiento adecuado en cada etapa del desarrollo y garantizar el derecho a la escucha activa también para niños menores de 12 años en todos los procesos que les afectan, como la custodia, la adopción o la educación. “¿Qué pasa con los más pequeños de 12 años? ¿No tienen derecho a que se les escuche? No digo que se les permita decidir, pero sí que se les escuche. El derecho a ser escuchado es muy importante”, subrayó la síndica.
El riesgo de pobreza es superior en niños
Asimismo, el documento señala que las políticas públicas no tienen en cuenta a menudo la perspectiva de la edad ni las necesidades de este colectivo. En este sentido, subraya que el riesgo de pobreza es superior en niños que en adultos (27% frente al 15%) y que los primeros tienen que esperar más tiempo que los segundos para acceder a servicios de salud o vivienda social.
Advierte además que la cobertura de la renta garantizada de ciudadanía y del ingreso mínimo vital es limitada: cerca del 15% de los niños que viven en situación de pobreza extrema y cerca del 55% que están en riesgo de pobreza no tienen acceso a ninguna de las dos prestaciones.
La sociedad todavía concibe a menudo a los niños como objetos de protección”
Ese no es el único agravio que señala el informe. El tiempo medio de adjudicación de una vivienda es de 618 días para las unidades con niños a cargo y de 460 para las que no los tienen. “Seguramente tiene que ver con el hecho de que es más difícil encontrar una vivienda para una familia con niños, al ser más individuos, que hacerlo para una pareja”, arguyó Giménez-Salinas. “Es más difícil, pero no debería de ser así”, agregó.
Tampoco existe legislación administrativa básica -denuncia el documento- que regule específicamente la responsabilidad de los niños, a diferencia de lo que ocurre en el ámbito penal, donde las sanciones se gradúan en función de la edad y se aplican medidas sancionadoras educativas.
Es por todo ello que la síndica asegura que “la sociedad todavía concibe a menudo a los niños como objetos de protección y no como ciudadanos con derechos propios”.
Los adolescentes, los grandes olvidados por la Administración
El informe también señala que la adolescencia es una etapa bastante desprotegida, con déficits importantes en materia de educación (abandono escolar prematuro y carencia de plazas de formación profesional) y de salud mental (acceso limitado a los servicios especializados de salud mental –CSMIJ–, a pesar de la prevalencia de trastornos emocionales).
Las cifras ponen de manifiesto que los adolescentes tienen mayor riesgo de pobreza y exclusión (hasta el 35% en algunos indicadores), y que la inclusión escolar disminuye a medida que aumenta la edad (el 50% del alumnado de entre 16 y 21 años con necesidad educativas especiales no está inscrito en ninguna oferta formativa).
La primera infancia, otra etapa especialmente vulnerable
Además, el sistema de protección tiene dificultades para atender adecuadamente a los adolescentes tutelados especialmente vulnerables, como por ejemplo las chicas o los jóvenes migrantes solos.
Aparte de la adolescencia, la primera infancia (de cero a seis años) es otra franja también bastante vulnerable: el 57% de los niños de entre cero y dos años no están escolarizados, recordó Aida C. Rodríguez, adjunta de infancia . También existe un número elevado de niños menores de seis años institucionalizados en centros de protección (cerca de 300). “Están institucionalizados cuando deberían estar con familias”, subrayó Rodríguez. Además, la cobertura de los centros de desarrollo infantil y atención precoz (CDIAP) es insuficiente.
Hay que superar el adultocentrismo”
El informe concluye que la edad no puede seguir siendo un factor de desigualdad, sino que debe ser un criterio de protección y reconocimiento efectivo de derechos. Por este motivo, la institución insta a las administraciones a poner la infancia y la adolescencia en el centro de las políticas públicas, a incorporar la perspectiva de la edad en el diseño de estas políticas y a garantizar la participación de los niños y adolescentes en todas las decisiones que les afectan.
“Hay que superar el adultocentrismo y reconocer a los niños como ciudadanos con voz propia y plenos derechos”, concluyó la síndica.

