María Pilar Dancausa, asesora fiscal y laboral: “Puedes pedir el aplazamiento del IVA, pero no es garantía de que Hacienda te lo vaya a conceder”

Obligaciones fiscales

Es importante tener en cuenta que la administración pública es la que decide el número de plazos y las fechas para abonar la cantidad obligatoria

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La asesora fiscal María Pilar Dancausa habla sobre la posibilidad de aplazar el pago del IVA trimestral

La asesora fiscal María Pilar Dancausa habla sobre la posibilidad de aplazar el pago del IVA trimestral

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Ser autónomo implica cumplir rigurosamente con una serie de obligaciones fiscales para evitar sanciones por parte de la Agencia Tributaria. En este sentido, una de las más importantes es la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA); un tributo que, a pesar de caer sobre el consumo, deben recaudar e ingresar los profesionales. Pero ¿qué sucede en el caso de no poder hacer frente al pago?

“Si no nos hemos organizado bien el trimestre, puede llegar el momento de pagar los impuestos y no tener dinero”, explica María Pilar Dancausa, asesora fiscal y laboral. A través de una publicación compartida en TikTok (@mpdancausaasesora), donde reúne a más de 76.000 seguidores, la experta informa sobre la posibilidad de solicitar un aplazamiento. Ahora bien, esto no es garantía de que Hacienda lo vaya a conceder.

Pago del Impuesto sobre el Valor Añadido

¿En qué consiste el aplazamiento del IVA?

“Se presenta una solicitud a Hacienda para que nos permita pagarlo de manera aplazada”, prosigue. De acuerdo con el portal especializado Infoautónomos, este trámite se puede realizar a través del modelo 303, “que se presenta del 1 al 20 de los meses de abril, julio, octubre y, en enero, hasta el día 30”. Durante el proceso, “el autónomo debe seleccionar la pestaña ‘Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento’”.

No obstante, el aplazamiento o fraccionamiento del IVA “también cuenta con su propio procedimiento y modelo de solicitud que pone a disposición Hacienda en su página web para la presentación telemática con certificado digital”. En cualquier caso, será preciso cumplimentar la siguiente información personal: datos de identificación (nombre, apellidos, NIF…), el importe de la deuda, el número de la cuenta bancaria y la propuesta de pago, “con el número de plazos para saldar la deuda y la fecha del primer plazo”.

“Normalmente, se le hace una propuesta de pagarlo en tres veces, dependiendo de las cantidades y circunstancias”, puntualiza la asesora fiscal. “Y es Hacienda la que nos contestará a favor o en contra, con las fechas que ellos consideren”.

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Hay que tener en cuenta que el aplazamiento del IVA implica una serie de intereses

Andrea Martínez / Propias

Una vez que Hacienda ha accedido al aplazamiento del IVA, es preciso cumplir con los plazos previstos. Pero ¿qué sucedería en el caso de tardar más de la cuenta en realizar el pago? En primer lugar, hay que tener presente que este trámite ya implica intereses de demora por sí mismo. Según AXA, esto es lo que se conoce como interés legal y, actualmente, se sitúa en un 4,0625%.

Asimismo, “en el caso de no abonar los pagos correspondientes, también se pueden interponer sanciones económicas”, subraya la compañía de seguros. Por ese motivo, una vez solicitado el aplazamiento, conviene cumplir con la obligación fiscal.

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