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Me he divorciado: ¿en qué momento puedo dejar de pagar la pensión alimenticia a mis hijos?

Separaciones y divorcios

Estas son las condiciones existentes para reclamar una pensión en caso de finalizar la relación conyugal

Una niña escucha apesadumbrada la discusión de sus padres en una foto de recurso.

Una niña escucha apesadumbrada la discusión de sus padres en una foto de recurso.

Yuri Arcurs peopleimages.com

Una vez consumada la ruptura del vínculo matrimonial, se deben acordar una serie de cuestiones en el plan de convivencia. Entre estas cuestiones se encuentran la guarda y custodia de los menores, el uso y disfrute de la vivienda familiar y, si cabe, el pago de la pensión alimenticia y compensatoria.

Las diferencias técnicas entre la pensión compensatoria y alimenticia

La pensión alimenticia es aquella que se destina de forma exclusiva a cubrir los gastos de los descendientes. Se incluyen dentro de esta pensión todos los gastos ordinarios para la vida del menor, “como son los de alimentación, vestido, higiene, calzado, una parte proporcional de los suministros de la vivienda, los gastos educativos y de extraescolares del menor que ya se contemplaban antes de la separación”, tal y como detalla Maria Dantí, abogada y mediadora familiar en el bufete Escolano Freixa.

Asimismo, se incluyen una serie de gastos médicos y farmacéuticos de carácter extraordinario, que no son cubiertos por la seguridad social, como pueden ser las facturas de dentistas, oculistas o psicólogos. Además, también se contemplan una serie de costes que no son previsibles en el momento de la asignación de la pensión, pero que en un futuro pueden ser necesarios para la formación y educación de los hijos.

Finalmente, además de los desembolsos obligatorios, se puede acordar entre ambos progenitores la inclusión de otros gastos concretos relacionados con el menor.

Por su parte, la pensión compensatoria es aquella que se puede asignar si en el momento de la ruptura se produce una situación de desequilibrio económico entre las dos partes. El objetivo de esta figura jurídica es corregir este perjuicio económico en esta nueva situación.

¿Cómo se puede calcular cada pensión económica y cuándo se puede modificar o extinguir?

La revisión del importe de la pensión alimenticia se suele realizar anualmente conforme a la actualización del Índice de Precios de Consumo (IPC), que es el indicador que mide la subida del precio de los bienes y servicios de consumo en España. Por contextualizar, en nuestro país el IPC cerró el año 2025 con una subida de precios del 2’9%.

La pensión alimenticia no se extingue una vez llegada la mayoría de edad, sino que “va vinculada a que los hijos tengan independencia económica y residan con uno u otro progenitor”, tal y como matiza Dantí. No obstante, aclara que la independencia económica “no está establecida con reglas exactas”, pero se podría considerar que existe cuando hay unos ingresos económicos regulares en los hijos, con un contrato indefinido, lo cual podría dar pie a la extinción o a la minoración de la pensión.

Para especificar mejor este asunto, Maria Dantí detalla que, en caso de que el menor tenga un trabajo de fin de semana o puntual, como pueden ser unas prácticas remuneradas, no se considera independencia económica “aunque reciba una serie de ingresos”.

Una fotografía de recurso de una pareja tras una discusión.
Una fotografía de recurso de una pareja tras una discusión.Getty Images

Una vez alcanzada esta independencia económica, uno de los progenitores puede reclamar la modificación o extinción de la pensión alimenticia. Este proceso se puede realizar de mutuo acuerdo entre los padres con la ratificación de los hijos o bien, si no hay acuerdo, una de las partes puede solicitarlo por vía judicial.

En caso de que se opte por acudir a instancias judiciales, el juez puede requerir a los hijos que aporten la vida laboral o estudiantil, así como las rentas que perciban. De hecho, Dantí destaca que el juez también podría extinguir la pensión en el caso de que los hijos mayores de edad no estudien, ni tampoco trabajen.

Por lo que respecta a la pensión compensatoria, la duración puede ser temporal o vitalicia, en función de las circunstancias de los cónyuges.

La abogada consultada destaca que “se extinguirá el derecho a dicha pensión si mejora la situación económica de la persona que recibe la pensión, por matrimonio o convivencia marital del beneficiario con otra persona, por vencimiento del plazo o por fallecimiento del beneficiario”.

Las consecuencias legales y psicológicas del impago de la pensión

En caso de que el pago de la pensión alimenticia o compensatoria no se realice, la parte afectada puede ejecutar judicialmente el derecho a cobrar la pensión, aportando la sentencia. Asimismo, Pablo Escolano, abogado, mediador y psicólogo, pone el foco en la importancia de “la responsabilidad de los padres” sobre estas cuestiones y la “protección emocional de los hijos”, más allá de la cuestión legal.

Por su parte, Dantí destaca que en ocasiones “se utiliza el impago de la pensión de alimentos para hacer daño” al otro cónyuge, cuando realmente ese dinero va destinado a cubrir los gastos básicos y necesidades de los hijos.

De hecho, afirma que existen sentencias que consideran “el impago de pensión como una forma más de violencia familiar”, dado que es una manera de hacer presión a la otra parte, mediante el perjuicio al hijo. Este hecho, en caso de ser demostrado, podría llegar a suponer un delito penal.

Finalmente, la abogada añade que esta cuestión debe ser diferenciada de cuando, por un cambio de la situación económica, no se puede hacer frente al pago total de la pensión acordada. En esta circunstancia, la parte obligada al pago podría iniciar un procedimiento de modificación de sentencia, donde se acredite el cambio en la situación económica y se solicite una reducción de la cantidad de la pensión.