España amplía los permisos de nacimiento y adopción: 19 semanas para progenitores y hasta 32 en familias monoparentales

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El nuevo Real Decreto-ley unifica el régimen del permiso en el ámbito público y privado, introduce un sistema más flexible para distribuir las semanas y contempla la retroactividad parcial para nacimientos y adopciones ocurridos desde agosto de 2024, sin modificar los derechos vigentes en lactancia y permiso parental

Estas condiciones también se aplican a los supuestos de adopción, guarda con fines de adopción y/o acogimiento

Estas condiciones también se aplican a los supuestos de adopción, guarda con fines de adopción y/o acogimiento

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El 31 de julio de 2025 entró en vigor el Real Decreto-ley 9/2025, que amplía los permisos por nacimiento de hijo con el objetivo de dar cumplimiento a las directrices europeas, en concreto, a la Directiva Europea 2019/1158 relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional.

Las novedades de esta norma afectan tanto al sector privado como al público, y matizan el régimen del permiso por nacimiento en ambos ámbitos.

El permiso podrá usarse hasta que el menor cumpla 8 años

Se amplía la duración del permiso para ambos progenitores a un total de 19 semanas. Las seis primeras deben disfrutarse obligatoriamente, de forma simultánea y a tiempo completo, justo después del parto. Las 13 semanas restantes pueden organizarse de dos maneras: once semanas se podrán disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses, de forma acumulada o interrumpida, en periodos semanales, a tiempo completo o parcial, y de forma conjunta o individual por cada progenitor; las dos semanas restantes podrán utilizarse hasta que el menor cumpla 8 años, en las mismas condiciones. En ambos casos será necesario llegar a un acuerdo con la empresa para definir cómo se distribuye el permiso.

España amplía los permisos de nacimiento y adopción

España amplía los permisos de nacimiento y adopción

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Estas condiciones también se aplican a los supuestos de adopción, guarda con fines de adopción y/o acogimiento. En estos casos, el permiso comenzará a computarse desde que se dicte la resolución judicial de adopción o la decisión administrativa que otorgue la guarda con fines de adopción o acogimiento.

Las familias monoparentales tendrán 32 semanas.

Una de las principales novedades del decreto es la mejora del permiso para familias monoparentales, que dispondrán de un total de 32 semanas. Las seis primeras, como en el caso general, deberán disfrutarse inmediatamente después del parto y a tiempo completo. Las 26 restantes se dividen en 22 semanas hasta que el menor cumpla 12 meses, y cuatro semanas más hasta que cumpla 8 años, en ambos casos de forma acumulada o interrumpida, a tiempo completo o parcial, y con acuerdo previo con la empresa.

En el ámbito de la administración pública, el Estatuto Básico del Empleado Público incorpora dos garantías: el acceso a la formación una vez finalizado el periodo de suspensión del contrato, y el cómputo de ese tiempo como servicio efectivo a todos los efectos.

Durante todo el periodo de suspensión, las personas trabajadoras tendrán derecho a una prestación económica equivalente al 100 % de la base reguladora. Para los casos en que el salario supere la base máxima de cotización (4.909,50 euros brutos al mes), será necesario revisar los convenios colectivos o acuerdos de empresa para comprobar si existe algún complemento.

La norma tiene efectos retroactivos desde agosto de 2024

Aunque la ampliación de los permisos entró oficialmente en vigor el 31 de julio de 2025, se ha previsto una aplicación retroactiva parcial. Así, podrán beneficiarse de las semanas adicionales hasta que el menor cumpla 8 años (cuatro semanas en el caso de familias monoparentales) quienes hayan tenido un hijo o recibido una resolución de adopción, guarda o acogimiento a partir del 2 de agosto de 2024.

Esta nueva regulación no modifica ni afecta al permiso de lactancia ni al permiso parental de ocho semanas, que se mantienen en los términos vigentes.

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